Alquileres: ¿Qué pasa con mi contrato si lo firmé antes del DNU?

La desregulación del sistema de alquileres convive con contratos aún vigentes de las dos versiones de la Ley de Alquileres

SOCIALES10 de enero de 2024Pérez NataliaPérez Natalia
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El DNU  de Milei que deroga la Ley de Alquileres, dejó a los inquilinos sumergidos en un mundo de incertidumbres y desamparados. 

Los nuevos contratos dejaron de tener un plazo mínimo legal y hay libertad absoluta para determinar el precio, la moneda de pago y el mecanismo de ajuste. Prevalece en estos primeros días es la firma de contratos con duración de dos años y actualización trimestral en base a la evolución del Índice de Precios al Consumidor.

Esta desregulación convive con contratos aún vigentes de las dos versiones de la Ley de Alquileres: la vigente desde 2020 con contratos de 3 años y actualización anual por Índice de Contratos de Locación (ICL) y la modificación que se introdujo en octubre 2023 con contratos de 3 años y actualización semestral por Coeficiente de Variación Salarial (CVS).

¿Que pasa con los contratos firmados antes del DNU?

En argentina las leyes no son retroactivas, es decir que no obran o tiene fuerza sobre lo celebrado en el pasado. Los contratos firmados antes de la derogación de la Ley de Alquileres se regirán por las condiciones previstas en la norma, hasta que llegue el momento de la renovación. No pueden cambiarse ni renegociarse sus condiciones. 

Los contratos celebrados bajo la ley de alquileres tuvieron un aumente el 1 de enero del 137.5%, superando los 128.3% del mes de diciembre

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