Las ventas de comercios dejarán de pagar retenciones a cuenta de IVA y Ganancias

La medida anunciada por el ministro Luis Caputo fue oficializada en el Boletín Oficial. Entrará en vigencia desde septiembre.
POLÍTICA - ECONOMIA21/08/2024
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El Gobierno oficializó la eliminación de las retenciones a cuenta de los impuestos en las ventas de comercios a partir del 1 de septiembre, mediante la Resolución General 5554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa dispone dejar sin efecto los regímenes de retención del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias, para los pagos electrónicos que se efectúen a partir del 1 de septiembre de 2024, inclusive.

Esta medida implica que los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren mediante tarjeta de crédito, compra, pago o de débito, no serán retenidos en los pagos que les efectúen las administradoras de tarjetas y demás entidades a partir del comienzo del noveno mes del año.

El Ministerio de Economía encomendó a la AFIP la reglamentación de la eliminación de los regímenes de retención mencionados, que forma parte del Paquete Fiscal, a través de la Resolución 780/2024 “a efectos de evitar la obstaculización de las operaciones perfeccionadas a través de los medios de pago sobre los que inciden, impulsando su desarrollo en la economía con el objetivo de formalizar las transacciones, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.

Al igual que se hizo en la ley, la cartera que encabeza Luis Caputo invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “a dejar sin efecto los regímenes de retención de tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos que se efectúen a través de los medios comprendidos en la presente medida”.

Además, indicaron que “se cumple entonces el objetivo prioritario del Estado Nacional de promover la recuperación de los niveles de actividad económica, luchar contra la evasión y fomentar la utilización de los medios de pago más transparentes y formales, al reducir los costos de cumplimiento relacionados con la AFIP por utilizar dichos sistemas de pago”.

Asimismo, remarcaron que “este beneficio que libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que el Ministerio de Economía amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones”.

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