La AFIP fijó una prórroga para los anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

Según se informó oficialmente, corresponden al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. De esta forma, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, se extiende dos meses.
POLÍTICA - ECONOMIA09/08/2024
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento para el ingreso de anticipos de los impuestos a las ganancias y bienes personales correspondientes al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas.

De esta forma, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, que originalmente vencía en agosto y octubre de 2024, operará en octubre y noviembre de 2024, respectivamente.

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente.

Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.

Deberán abonarlo todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en alguno de los dos impuestos deben determinar cinco anticipos e ingresar a cada uno de ellos.

Los contribuyentes podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo, inclusive, cuando considere que la suma a abonar por anticipos superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deba imputarse esa suma.

Para efectuar esta solicitud, se debe ingresar al servicio con clave fiscal "Cuentas Tributarias" y seleccionar la opción "Reducción de anticipos". Finalmente, el contribuyente deberá abonar el importe que surja de la estimación realizada a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP).

Fuente: NA

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