Cambiaron la ley : el 30 de abril para los privados pasó de feriado a " no laborable" y el empleador decide si se trabaja.

La diferencia “técnica” entre ambas denominaciones resulta determinante, porque a diferencia de los feriados, en los días no laborables queda a “voluntad” del empleador permitir que sus trabajadores se tomen la jornada libre (Diario Clarín)

POLÍTICA 20 de abril de 2018 Pérez Darío Eduardo Pérez Darío Eduardo
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La nueva ley establece que se pueden "fijar anualmente hasta tres feriados o días no laborables" los lunes o los viernes, cuando los feriados inamovibles caigan en martes o en jueves.

Así, se definió que durante el 2018 serán tres los feriados puente: lunes 30 de abril (el 1 de Mayo es el Día del trabajador), lunes 24 de diciembre (el 25 es navidad) y lunes 31 de diciembre (solo el 1° de enero es feriado). 

Este 30 de abril no  trabajaran los empleados públicos, bancarios y de el seguro. En la actividad privada decide el empleador y se asemeja a un Jueves Santo.

Hasta 2015, si empleado de  un comercio, hotel  o restaurante , trabaja el " feriado puente" lo cobraba doble, desde ahora tendrá que trabajar sin cobrar ningún extra por su tarea.

Diferencia  entere feriado y día no laborable( explicación del diario Clarín)

La diferencia “técnica” entre ambas denominaciones resulta determinante, porque a diferencia de los feriados, en los días no laborables queda a “voluntad” del empleador permitir que sus trabajadores se tomen la jornada libre. Además, quienes trabajen esos días “no laborables”, no recibirían ningún tipo de compensación adicional.

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