Matar por deporte: buscan prohibir el uso de perros en actividades de caza

Nuevamente ingresó al Congreso el proyecto de ley para evitar el uso de animales como “herramientas” de cacería. Con la legislación se busca cambiar la visión sobre el trato animal.

POLÍTICA 18 de marzo de 2023 Pérez Darío Eduardo Pérez Darío Eduardo
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PROTECCIÓN ANIMAL

“El uso del perro como instrumento de caza, como si el animal fuera un arma para matar es el final de la historia porque previo a eso, hay un entrenamiento de ese animal que lo somete a condiciones de vida muy violentas. En estos casos no importa la raza. En general la gente cree que se utilizan solo dogos para la cacería y no es así, se utilizan distintas razas como terriers, retrievers, rottweilers, pitbulls, galgos y la variedad de sus mestizos porque todo el tiempo se necesitan animales para el armado de una jauría cazadora”, dice a este medio Carla Zapata de la organización antiespecista “Ché Galgo” que acompaña el proyecto de ley que busca prohibir y penar la utilización de perros en las distintas actividades de caza. 

La iniciativa fue presentada este mes con la firma de la diputada Graciela Camaño, quien volvió a poner el proyecto a consideración del Congreso luego que perdiera estado parlamentario al no ser tratado en comisiones.

“El uso de perros para la caza conlleva el ejercicio de un grado de crueldad y de violencia que es feroz, porque se lo fuerza a participar en matanzas crueles, violentas, agónicas, bajo los eufemismos de tradición, deporte y cultura”, argumenta Camaño en la presentación y destaca que son estos mismos eufemismos que sostienen y justifican “un lugar de poder que coloca al hombre como sometedor de todo lo viviente”.

Entre los argumentos del proyecto, se focaliza en la situación de maltrato y violencia que implica la participación de perros en las actividades de caza, ya que a menudo los tienen encerrados o encadenados y se les niega atención veterinaria. Durante el desarrollo de las cacerías algunos de los perros sufren heridas en los “agarres” por parte de los animales que están cazando, causándoles en muchos casos la muerte. Si el perro sobrevive, su continuidad queda librada a la decisión del cazador de acuerdo a que si considera que ese animal merece vivir.

“Muchos de los perros utilizados para la caza mueren también en los ataques, por lo que, además, las hembras están condenadas a reproducirse constantemente”.
En esa línea se destaca también que “es necesario visibilizar a las otras víctimas de esta actividad cruenta”, como los animales silvestres, que en el país incluye a un sinnúmero de animales, por ejemplo, paloma montera, paloma torcaz, paloma turca, liebre europea, peludo, vizcacha, perdiz chica, perdiz de monte -que refieren a lo que se considera como caza menor-; jabalí, ciervo colorado, antílope, ciervo axis, ciervo dama, muflón, búfalo, cabra salvaje, carnero, puma –lo que abarcaría la caza mayor-. “Resulta necesario establecer una relación con los animales no humanos que supere el paradigma de la instrumentalización”, dice el proyecto de ley y recalca: “En la medida en que los seres humanos sigan considerando a los animales como de su propiedad, seguirán desplegando acciones de uso, de sometimiento y de violencia”.

 “El uso de perros para la caza conlleva el ejercicio de un grado de crueldad y de violencia que es feroz, porque se lo fuerza a participar en matanzas crueles. Foto: gentileza.
"Stop caza con perros"
Desde “Ché Galgo” se impulsa además una petición en la plataforma Change.org – Stop caza con perros- al que adhieren más de 100 organizaciones del país para que los legisladores aprueben dicha ley. “Se aborda esta problemática, tanto desde la concientización como legislativamente”, expresa el comunicado sobre el proyecto que contempla también sanciones para quienes organicen, promuevan, faciliten o realicen actividades de caza con perros, y que se considerará complementaria al Código Penal con penas de prisión de tres meses a cuatro años y multa de veinticinco 25 a 100 veces el valor equivalente al 10% del valor del depósito establecido para la interposición del recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Muchos de los perros utilizados para la caza mueren también en los ataques, por lo que, además, las hembras están condenadas a reproducirse constantemente. Viven en condiciones deplorables e incluso comen únicamente cuando cazan porque está instalada la idea de que hay que darles la carne que consiguen, un consumo que muchas veces los deja expuestos a enfermedades, como la falsa rabia, que puede trasmitirse por las vísceras o la carne cruda de las presas, como los jabalíes”, retoma Zapata y añade: “Es necesario bajar un mensaje desde el Estado para detener este tipo de violencia que se practica en todo el país”. En algunas provincias incluso, como Río Negro o La Pampa, la caza con perros está amparada por legislaciones de Ambiente, que van en contra de lo que establece la ley nacional 14.346 que prohíbe la riña de animales y los malos tratos. 

“Queremos que, al menos, se empiece a tratar en las comisiones. Por eso es importante que la gente se sume firmando en la petición de Change.org y siga los casos en las redes sociales, porque es a nuestros propios legisladores a quienes tenemos que decirles que apoyen estas leyes”, agrega Zapata y plantea que muchas veces la gente naturaliza este uso de los animales como si fueran objetos al servicio del hombre: “Cuando se logró la ley de prohibición de carreras, mucha gente tenía internalizado que el galgo no era un perro para vivir en familia, sino un animal para competir. Sin embargo, esa visión cambió, ahora buscamos lo mismo respecto al uso de los perros como herramientas de la cacería”.  

 
Qué penas prevé el proyecto de ley
“Queda prohibido en todo el territorio nacional el uso de perros para la realización de cualquier actividad de caza” y que “el que por cualquier título organizare, promoviere, facilitare o realizare actividades de caza con el uso de perros será reprimido con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de veinticinco (25) a cien (100) veces el valor equivalente al diez por ciento (10 %) del valor del depósito establecido para la interposición del recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

 

  

 

 

  

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