
Santa Fe: la cámara de senadores le dio media sanción el proyecto de Ficha Limpia

De cara al proceso electoral del 2023, la provincia de Santa Fe se encamina a tener, en su marco jurídico y legal, un nuevo esquema de limitaciones para quienes pretendan ocupar cargos públicos, de naturaleza electiva. El proyecto de Ficha Limpia se trata de restricciones para aquellas personas que tengan condenas de la justicia.
En la sesión de este jueves, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley –impulsado por el bloque de la UCR- que dispone modificar un artículo de la ley electoral de Santa Fe y la ley orgánica de los partidos políticos de la provincia.
Dichas modificaciones establecen que quienes tengan condena en segunda instancia por la comisión de determinados delitos quedarán inhabilitados para ocupar esos cargos durante 10 años. Los delitos que se contemplan son: corrupción, abuso sexual, delitos contra la libertad, violencia de género y deudores alimentarios morosos.
La iniciativa tuvo una modificación clave respecto a su redacción original, que la coloca en sintonía con el proyecto que tuvo media sanción de la Cámara de Diputados, impulsado por Ximena Sola. Ante estas dos medias sanciones, el proyecto aprobado por los senadores de adjuntará al expediente con el proyecto de Sola y volverá a la Cámara baja para su sanción definitiva.
La modificación sustancial del proyecto aprobado por los senadores consiste en que, originalmente, planteaba que quedará inhabilitado quien tenga condena firme de la justicia. Sin embargo, el texto sancionado establece que quedarán inhabilitados quienes tengan condena en primera y segunda instancia. En cambio, si hay condena en primera instancia pero absolución en segunda –o viceversa- la apelación correspondiente llegará a la Corte. En ese caso, la inhabilitación se aplicará si el máximo tribunal deja firme la condena.
Las dos iniciativas (ahora unificadas) apuntan a introducir la ficha limpia tanto en la ley 12.367, que establece el sistema electoral de la provincia, y la 6.808, conocida como ley orgánica de partidos políticos, para establecer las mismas condiciones para los cargos partidarios.
En cuanto a los delitos con condena especificados en la media sanción de Diputados, se prevén los relativos a delitos contra la libertad, violencia de género, sexualidad y corrupción, ya sea “en grado de tentativa o delito consumado en calidad de autor, coautor, partícipe o instigador”, tal como figuraban en el proyecto original.


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