Quedó en libertad el medico jubilado detenido por abuso sexual

¿El dolor prescribe? Esa la pregunta que genera la resolución del juez de control de San Francisco que al liberó al imputado por abuso sexual infantil, porque la victima (hoy ya mayor) no logró hablar dentro de los plazos de tiempos que eran legales cuando ocurrieron los hechos. Leé que te explicamos.

POLICIALES - JUDICIALES 19/02/2025Pérez NataliaPérez Natalia
Abuso Sexual Infantil

A mediados de diciembre del 2024 fuentes judiciales informaron que se había producido la detención de un conocido médico (jubilado)de la ciudad de San Francisco, por una denuncia de abuso sexual radicada por una mujer de su entorno cercano. 

De a cuerdo a los trascendido se conoció que los hechos ocurrieron cuando la mujer era menor de edad entre los 4 y los 15 años. La fiscalía de delitos complejos comenzó la investigación e imputó al  hombre por abuso sexual gravemente ultrajante, perpetuado en el tiempo. Como resultado se dictó la prisión preventiva del abusador. 

Luego de dos meses, el juez de control Fabricio Girardi  , decidió sobreseer al médico y ordenar su liberación considerando que prescribió el hecho. Es decir que Tribunal NO sentenció que  fuera inocente, NO determinó que los hechos no ocurrieron, sino que ya había pasado demasiado tiempo y que por lo tanto el delitos había prescripto.  

Este caso demuestra que Argentina todavía tiene una deuda pendiente con la niñez, la infancia y la adolescencia (NIA) que son víctimas de abuso sexual. Desde la justicia no informaron el nombre del acusado para preservar la intimidad de la victima y evitar revictimizarla. 

La fiscalia y los abogados querellantes de la victima se preparan para presentar un recurso apelación para que revise una decisión de Girardi. 

¿Cuándo prescribe un caso de abuso sexual en las infancias?

Cuando se comete un delito, el Estado tiene la obligación de investigarlo y establecer una sanción. Pasado el plazo que establece la ley, ya no se puede investigar ese delito y no se puede aplicar una sanción penal. Esto es lo que se conoce como un caso que prescribe.

 Para analizar este punto, debemos marcar dos grandes hitos jurídicos en nuestro país: la aprobación de la Ley Piazza en el 2011, que modificó el Código Penal estableciendo que la prescripción para los delitos de abuso sexual cometidos contra menores de edad comienza a correr desde la media noche del día que cumplieran la mayoría de edad, y la Ley de Respeto al tiempo de las víctimas en 2015, plantea que el plazo debe comenzar a transcurrir desde el momento en que la víctima decide realizar la denuncia.

Previo a 2011 el Código Penal no diferenciaba respecto al tiempo de la prescripción de acuerdo a si la víctima era menor de edad o mayor. Por lo que la misma empezaba a correr el mismo día en que el delito se había cometido, y el plazo podía llegar al máximo de 12 años, dependiendo del delito.

No obstante, estas leyes no han sido del todo efectivas para asegurar el acceso a la justicia de la NIA que sufrieron abuso sexual antes de 2011. El principio de legalidad penal, uno de los pilares más importantes de un sistema jurídico, prohíbe que las leyes más gravosas para la persona imputada (que crean delitos o aumentan penas) se apliquen retroactivamente, esto es, para hechos anteriores al momento de cometer un delito.

Ni la Ley Piazza ni la ley de “respeto al tiempo de las víctimas” creó nuevos delitos ni aumentó penas, pero la Corte Suprema argentina en 1973 sostuvo que los cambios en los plazos de la prescripción están abarcados por el principio de legalidad y por lo tanto las leyes que prolongan estos plazos no se pueden aplicar retroactivamente porque son más gravosos.

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