Entre el 20 y el 23 se pagará el bono de 8.000 pesos a los jubilados

Alcanzará a beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y graciables.

EL PAIS17/12/2021 Redacción.
jubilados

El Gobierno nacional oficializó el otorgamiento de un bono de 8.000 pesos para jubilados y pensionados que cobren la mínima, que fue anunciado el jueves el presidente Alberto Fernández y que alcanzará a 4,6 millones de personas.

Lo hizo mediante el Decreto 855/2021 que otorga el subsidio extraordinario que se abonará en el mes de diciembre de 2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente, el jefe de Gabinete, Juan Manzur y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El bono -que será pagado entre el 20 y el 23 de este mes- abarca a beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables.

El artículo 2° de la norma dispone que "para titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $29.061,63, el subsidio extraordinario de $8000; y para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $37.061,63".

"Para percibir el presente subsidio extraordinario los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación", añade el decreto.

Este jueves, al anunciar el bono de fin de año en un acto en el Museo del Bicentenario, el Presidente ratificó el compromiso del Gobierno nacional de "ir recuperando poco a poco la capacidad real de compra" de los pasivos "para que tengan un ingreso digno y puedan vivir con tranquilidad".

El decreto publicado hoy puntualiza que, "en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos o estas deberán ser considerados o consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario".

Te puede interesar
Lo más visto