Oficializaron la promulgación de las leyes de interrupción voluntaria del embarazo y del Plan Mil Días

Los decretos fueron publicados luego del acto que encabezó el jueves el presidente Alberto Fernández en el Museo del Bicentenario, donde firmó las normas, a 14 días de su sanción en el Senado.

EL PAIS15 de enero de 2021
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El Gobierno nacional oficializó este viernes la promulgación de las leyes de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y la ley del Plan Mil Días, de cuidado integral de salud en el embarazo y la primera infancia, con la publicación de ambas normas en el Boletín Oficial.

Los decretos de promulgación fueron publicados luego del acto que encabezó el jueves el presidente Alberto Fernández en el Museo del Bicentenario, donde firmó las normas, a 14 días de su sanción en el Senado.

El decreto 14/2021 promulga "parcialmente" la Ley N° 27.610 de IVE, con la firma del Presidente y de la totalidad de los ministros que integran el Gabinete nacional.

El texto de la normativa establece que "en ejercicio de sus derechos humanos, toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar tienen derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional".

Más allá de ese plazo se podrá interrumpir si la gestación fuera producto de una violación, mediante el solo requerimiento y declaración jurada de la persona ante el profesional o personal de salud interviniente; o también si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la embarazada.

Además de estas dos leyes, el presidente firmó otro texto adicional, por el cual hizo una aclaración sobre el articulado, acordada tras la aprobación de Diputados y en el marco de su debate en el Senado.

El Decreto 14/2021 promulga "parcialmente" la Ley N° 27.610 de IVE, con la firma del Presidente y de la totalidad de los ministros que integran el Gabinete nacional.

El texto "observa" en su primer artículo "la palabra ´integral´ a continuación de la palabra “salud” en el inciso b) del artículo 4° y en el artículo 16, en el inciso 2) del artículo 86 del Código Penal que sustituye, del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.610".

La aclaración fue realizada debido a que la palabra ´integral´ a continuación de la palabra ´salud´ figuraba en dos artículos (4 y 16) de la ley sancionada por el Congreso y su eliminación fue acordada por los legisladores en su tratamiento en la Cámara alta para garantizar la sanción de la ley.

El cambio, introducido a través de un veto parcial, evitó que el Senado tuviera que modificar esos artículos, lo que hubiera obligado a tratarla nuevamente en Diputados.

La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo, ya que la práctica se incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud.

En tanto, el decreto 15/2021 promulga la Ley 27.611 de los Mil Días, con la firma del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Andrés Cafiero; el ministro de Salud, Ginés Mario González García; la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, sus colegas de Desarrollo Social, Daniel Fernando Arroyo; y de Trabajo, Claudio Moroni.

"Para mí es un día de alegría porque cumplí mi palabra. Es importante que cumplamos con la palabra empeñada", en referencia a su promesa de campaña respecto de la legalización de la IVE", dijo ayer el primer mandatario en el acto en el Museo del Bicentenario..

Lo acompañaron la ministra Gómez Alcorta y la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, impulsoras de la iniciativa, entre otros funcionarios y referentes.

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