
Este delito cuenta con un plan que conlleva un "ofrecimiento, una captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas que tiene como fin la explotación", detalló la periodista especializada Ana Inés Cabral.
"Hasta la fecha unas 10.600 personas cumplieron con sus obligaciones frente al Aporte Solidario y Extraordinario", informó la AFIP.
EL PAIS07/12/2021 Redacción.La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recaudó hasta el 30 de noviembre $237.300 millones en concepto del Aporte Solidario y Extraordinario, los que representaron unos $ 10.000 millones más que al momento del vencimiento del tributo, a mediado de abril de este año. "La diferencia es el resultado de la política de fiscalización y control", indicaron fuentes de AFIP a Télam.
Durante noviembre ingresaron $1.500 millones en impuestos, como resultado de las ejecuciones fiscales que impulsó la AFIP a través de la Dirección General Impositiva (DGI). "Hasta la fecha unas 10.600 personas cumplieron con sus obligaciones frente al Aporte Solidario y Extraordinario", precisaron desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.
Otro dato relevante que surge de los números que maneja la AFIP es "la masculinización de la riqueza en Argentina". De acuerdo a las cifras oficiales, "el 74% de las personas que pagaron (el impuesto) son varones mientras que el 26% restante corresponde a mujeres". "La relación se mantiene cuando se evalúa la distribución de los ingresos generados por género", subrayaron.
La Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas se aprobó a principios de diciembre del año pasado con el objetivo de moderar los efectos de la pandemia de coronavirus y alcanza a patrimonios superiores a los $ 200 millones. La ley contempla el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de $ 200 millones.
Esa tasa se eleva al 2,25% en casos bienes por entre $ 300 y $ 400 millones, al 2,50% entre $ 400 y $ 600 millones y al 2,75% cuando sea de $ 600 a $ 800 millones. La tasa sube al 3% cuando los patrimonios oscilen entre $ 800 y $ 1.500 millones; al 3,25% para el rango de $ 1.500 a $ 3.000 millones, y a partir de esa cifra es del 3,5%.
A mediados de abril venció el plazo para presentar la declaración jurada y realizar el pago del impuesto. A comienzos de mayo, la AFIP informó que el Aporte Solidario había generado en un primer momento ingresos fiscales por más de $ 223.000 millones, luego de que alrededor de 10.000 contribuyentes encuadrados en esa categoría efectivizaran el pago del tributo.
En esa oportunidad también advirtió sobre los procesos de fiscalización sobre quienes no hubieran presentado sus declaraciones juradas. A fines de mayo, la AFIP habilitó la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte Solidario que no cumplieron con sus obligaciones.
El organismo dispuso asimismo que aquellos contribuyentes con patrimonios superiores a los $ 200 millones que adeuden el pago podrían regularizar su situación a través de planes de pagos. Luego de eso, la AFIP inició a fines de octubre último ejecuciones fiscales a unos 100 contribuyentes con elevados patrimonios que no pagaron el Aporte Solidario.
Las medidas se impulsaron sobre personas con patrimonios superiores a los $ 200 millones que presentaron la declaración jurada correspondiente y determinaron el monto que debían ingresar, pero no hicieron el pago.
Cuando venció el plazo para el pago del impuesto, más de 80 contribuyentes encuadrados en el pago del mismo interpusieron un recurso de amparo para evitar el pago de ese tributo, entre ellos, los empresarios Héctor Magnetto, José Aranda y Lucio Pagliaro, vinculados al Grupo Clarín; el exfutbolista Carlos Tevez, las contribuyentes Matilde Noble Mitre y María Candelaria Caputo, y los empresarios Alejandro Saguier, Constancio Vigil, Artín Kalpakian y Eduardo Kalpakian.
A fines de junio, el juez en lo contencioso administrativo federal Walter Lara Correa rechazó una acción de amparo de un contribuyente, que se negaba a pagar el Aporte Solidario, y sostuvo que la norma "respeta el principio de legalidad". Tres meses más tarde, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó dictar una medida cautelar contra el cobro del Aporte Solidario.
Este delito cuenta con un plan que conlleva un "ofrecimiento, una captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas que tiene como fin la explotación", detalló la periodista especializada Ana Inés Cabral.
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