Elecciones 2021: cómo salir del registro de infractores y cuál es la multa por no votar

El primer paso para hacer el trámite es ingresar al sitio de Infractores del Gobierno haciendo clic en este enlace: https://infractores.padron.gob.ar/

EL PAIS13 de septiembre de 2021
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Los ciudadanos que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta

¿Quienes deben justificar ?

En un contexto de emergencia sanitaria, las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar pero deberán justificarlo.

Más allá de aquellas personas que estén transitando o sean caso sospechoso de Covid-19, existen ciertas situaciones en las cuales ausentarse a votar está permitido:

  • Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
  • Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
  • Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
  • Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.

Si la persona se encuentró en alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, deberá justificar su ausencia para no quedar registrado en el Registro de Infractores de la Justicia Electoral en los próximos 60 días después de la elección.

El primer paso para hacer el trámite es ingresar al sitio de Infractores del Gobierno haciendo clic en este enlace: https://infractores.padron.gob.ar/

.Para abonar la sanción, se deberá hacer clic en la opción "Boleta de pago de multa". Luego, se deberá elegir un método de pago: el sitio oficial del Gobierno permite elegir entre pagar a través del Banco Nación o con otros medios de pago.

Si no voté en las PASO, ¿puedo ir a votar a las elecciones generales?

Sí, y es obligatorio. Sin embargo, como dicho anteriormente, los ciudadanos que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta.

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