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Los vecinos de barrio Palermo, de Villa María, plantearon la inconstitucionalidad y la nulidad de la ordenanza que permite la construcción de edificios al Fideicomiso Amalfi I en la costanera.
CÓRDOBA17/08/2021La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Villa María admitió un amparo ambiental presentado por integrantes del Centro Vecinal de Barrio Palermo y estableció el carácter colectivo del proceso. Los amparistas pretenden que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de la Ordenanza Municipal n.° 7.711, en cuanto permite que el Fideicomiso Amalfi I construya y continúe con la construcción de una obra edilicia en un terreno lindante al río Ctalamochita, en una zona de protección demarcada a partir de la línea de ribera (35 metros).
En la presentación, los vecinos argumentaron que la prosecución de la construcción del edificio ya iniciado y la edificación de un segundo inmueble, que está proyectado, afectan derechos de incidencia colectiva referidos al medio ambiente, a los recursos naturales y culturales, y la preservación del río Ctalamochita.
En el amparo, se demanda a la Municipalidad de Villa María, por haber sido la que autorizó la construcción de la obra en terreno ubicado en el barrio Palermo y también a Nicolás Bertello, en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Amalfi I, por ser quien lleva a cabo la construcción de la obra.
El tribunal estableció como objeto del proceso a “la tutela del medio ambiente, la preservación del patrimonio natural y cultural, el derecho constitucional a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, y en especial la conservación del estado natural del río Ctalamochita”.
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