
Este delito cuenta con un plan que conlleva un "ofrecimiento, una captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas que tiene como fin la explotación", detalló la periodista especializada Ana Inés Cabral.
La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo de primera instancia y absolvió a Mariana Gómez, quien había sido condenado en primera instancia al reconocer que sufrió "un acto de discriminación".
EL PAIS08/04/2021La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo de primera instancia y absolvió a Mariana Gómez, quien había sido condenado en primera instancia por besarse con su pareja mujer y fumar al reconocer que sufrió "un acto de discriminación".
Gómez fue condenada en 2019 a un año de prisión por resistencia a la autoridad y lesiones leves contra dos efectivos de la Policía de la Ciudad que la increparon por fumar mientras se besaba con su pareja mujer en un espacio semiabierto.
El hecho había ocurrido en el 2017 en la estación Plaza Constitución de subte y tras cuatro años y "rechazar todo tipo de probation que le fue ofrecida, Mariana fue absuelta al considerar la Casación que sufrió un acto de discriminación y que eso justificó su accionar", dijo a Télam Lisandro Teskiewicz, abogado de la mujer.
"Yo le aclaré que soy mujer, apagué el cigarrillo y me quise ir, pero él (por el oficial) se me pone adelante y ahí tuvimos un encontronazo pero sin siquiera levantar la voz, tras lo cual me detiene", contó en su oportunidad a Télam, Mariana, quien agregó que "estábamos fumando en un lugar sin paredes donde no había carteles y había más gente fumando".
Fue entonces cuando el agente de policía Jonathan Rojo se dirigió a ella en masculino diciéndole: "Pibe, ¡apagalo!".
Las jóvenes aseguraron en ese momento que la aprehensión fue un acto de lesbofobia, que se hizo evidente también en la forma de dirigirse a Mariana como "pibe" por parte de uno de los policías.
Los efectivos adujeron que Gómez respondió mal tras ser apercibida por estar fumando en un lugar prohibido.
"Había un montón de gente fumando. Nosotras de hecho habíamos fumado antes de ese cigarrillo y la policía no había dicho nada", contó en el momento que realizó la denuncia.
El letrado destacó que "estamos muy contentos con este fallo, ya que durante estos cuatro años que Mariana se sometió a este proceso judicial sufrió mucho, perdió muchos trabajos pero ella quería probar su inocencia y no aceptó ninguna probation".
Explicó que tanto Mariana como su pareja Rocío sufrieron abusos en su infancia y en ningún momento la Justicia les dio respuestas a sus demandas, por lo que ahora al escuchar el fallo se pusieron a llorar porque sintieron que la Justicia les había dado esa respuesta".
"El fallo es muy importante para toda la comunidad LGBTQ, porque Casación reconoce que hubo un acto de discriminación tato del oficial de justicia como del empelado de Metrovías y la jueza de primera instancia que la condenó "hizo valoración de la prueba que continuó con esa discriminación".
Para los jueces "la orden de detención del oficial de Policía contra Mariana tiene su origen en un acto de discriminación por lo que ella tenía derecho a defenderse ya que no esta obligada a soportar ese acto".
"Esta parte del fallo es fundamental ya que no sólo habla de Mariana y Roció sino de todes les habitantes les habitantes que no estamos obligados a soportar que nos discriminen, por eso Mariana tuvo derecho a resistirse".
Y agregó "es difícil probar un acto de discriminación pero en este caso los videos muestran que toda la gente se paró y observó que la estaban maltratando y ofrecieron su testimonio, pero la jueza de primera instancia no lo valoró así y consideró que esos testimonios eran sesgados".
Este delito cuenta con un plan que conlleva un "ofrecimiento, una captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas que tiene como fin la explotación", detalló la periodista especializada Ana Inés Cabral.
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