
Pagar alquiler en tiempos de cuarentena: todo lo que necesitas saber
El 29 de marzo el presidente de la nación firmó el decreto Decreto 320/2020, que suspendío hasta eseptiembre los desalojos y congeló los precios al monto pagado en el mes de marzo.
LOCALES24/06/2020

La pandemia de coronavirus no solo ha causado una emergencia sanitaria global sino también una crisis económica que profundiza día a día las desigualdades que nos atraviesan. Entre miles de ejemplos, la situación de quienes alquilan ha empeorado, y los abusos del sector inmobiliario se agravan.
El 29 de marzo el presidente de la nación firmó el decreto Decreto 320/2020, que establece ante la emergencia sanitaria por el Covid-19 y sus consecuencias económicas, tornan de muy difícil cumplimiento, para una importante cantidad de locatarios y locatarias, hacer frente a sus obligaciones en los términos estipulados en los contratos, redactados para una situación muy distinta a la actual.
A pesar de que el decreto está en vigencia inquilinos de San Francisco presentan quejas en los medios de comunicación locales sobre abusos producidos por las inmobiliarias y locatarios.
El decreto establece que se suspende hasta el mes de septiembre los desalojos, se congelaron los precios al monto pagado en el mes de marzo, y la prórroga de contratos vencidos a partir del 20 de marzo.
Si bien los aumentos quedan congelados, si este había sido acordado en el contrato, la diferencia entre el monto pactado y el que corresponda pagar por el congelamiento deberá ser abonada en tres cuotas, y como máximo seis, mensuales, iguales y consecutivas. La primera de esas cuotas deberá pagarse con el alquiler correspondiente a octubre.
El decreto contempla también excepciones para aquellos locatarios que dependan del cobro del alquiler para su subsistencia. Se establece como excepción la situación de vulnerabilidad del locador para la no aplicación del congelamiento del alquiler. En este caso debe el locador acreditar que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su grupo familiar. En caso de no llegar a acuerdos se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes.
DESCARGA EL DECRETO COMPLETO AQUI: Dto-320-2020 alquier.pdf
Ley de Alquileres
El Congreso aprobó la nueva Ley de Alquileres que reforma el vínculo entre propietarios e inquilinos. La nueva norma modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece las reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos.
La nueva norma incorpora varios cambios. Entre los más importantes, aparece que la duración de los contratos se extiende a tres años, los valores de los alquileres se incrementan una vez por año con un índice compuesto en un 50% por la inflación que mide el Indec y 50% por la evolución de los salarios y se amplían las opciones de garantías que se pueden presentar.
Aquellos contratos que se renueven a partir de la oficialización de la ley están enmarcados bajo los parámetros sancionados por el Congreso. Mientras que los que se encuentran en curso, hasta la fecha de su vencimiento, no tendrán modificación.
Los nuevos alquileres firmados tras la publicación de la ley se ajustarán una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios según el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable, que informa la Anses, y 50% por la evolución de la inflación que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
La creación del Programa Nacional de Alquiler Social, que será implementado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, es también una disposición clave. Este programa está destinado a la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler, considerando de manera especial a personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles
Córdoba y los alquileres
En el marco de la pandemia por el coronavirus, desde el Ministerio de Industria, Comercio y Minería, suscribió un Convenio de Cooperación y Control entre la Secretaría de Comercio, la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial y el Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos, con la finalidad de acordar y ejecutar acciones conjuntas que protejan a los consumidores y usuarios en materias como la prestación inmobiliaria, alquileres, administración y demás englobados en la actividad.
El Acuerdo contempla además, lo relacionado con la adecuada prestación de los servicios a cargo de los profesionales que implican el control estricto del cumplimiento de las normas y la necesidad que sean desempeñados por personas y empresas habilitadas.
Los alcances y beneficios serán extensivos en todo el territorio provincial y al sector turístico –actividad fundamental de desarrollo económico de Córdoba- y, difundidos a través de las Delegaciones de la Dirección de Defensa del Consumidor y del Colegio.


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