Los policías que le arrancaron un testículo a patadas a Saire irán a juicio sin agravamiento de pena

Lencinas y Stefani, no recibirán pena de cárcel y llegan al juicio en libertad.

POLICIALES - JUDICIALES 13 de agosto de 2019 Pérez Darío Eduardo Pérez Darío Eduardo
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Los policías DIEGO LENCINA  y  GERARDO  STEFFANI están  acusados  de LESIONES  GRAVES  Y  ABUSO  DE AUTORIDAD,  luego  de  arrancarle  a patadas  un testículo a  FERNANDO SAIRE  ,cuando  fue  a presentar  una denuncia  en la  Jefatura  Central  de  Policía  de  San Francisco,, irán  a juicio  SIN AGRAVARSE LA  PENA.

La fiscal SILVANA  QUAGLIA   elevó la  causa  a juicio sin  aplicar  un agravamiento a LESIONES GRAVÍSIMAS.Mientras tanto  el  abogado de  Saire, pedirá el cambio de  caratula. 

Fernando fue brutalmente golpeado por los policías el 16 de feberero de  este año, cuando fue a realizar,  una denuncia al boliche Nina por maltrato , fue  apresado por dos policías  en la mismísima jefatura y a consecuencia de ello  perdió un testículo, que médicos del hospital debieron extirpárselo.

El delito de lesiones puede ocasionarse por comisión (hacer lo que la ley prohíbe) o por comisión por omisión (hacer lo que no se debe, dejando hacer lo que se debe.) Siempre debe existir el nexo de causalidad, esa relación causa efecto.

Nuestro ordenamiento penal trata este tipo de delitos en el Libro Segundo: "De los delitos”, Título I: "Delitos contra las personas”, capítulo II: "Lesiones”. Podemos distinguir en nuestro Código Penal entre 3 tipos de lesiones: a) Lesiones Leves: son aquellas que no producen en la persona que la padece lesiones graves o gravísimas y que no van a repercutir en el futuro en su físico. Generalmente las lesiones leves no demoran más de 30 días en su curación.  b) Lesiones Graves: generalmente producen una debilitación permanente y funcional en la salud de quien la padece. Se entiende como permanente la lesión que tiene una duración considerable sin que  necesariamente esto deba ser para el resto de su vida. c) Lesiones Gravísimas: son aquellas que producen la pérdida de un sentido, de un miembro, de un órgano.

Tiene consecuencias aún más graves como producto del delito de lesiones, estas se caracterizan por la irreparabilidad del daño causado a diferencia de las lesiones graves que producen un debilitamiento o disminución parcial. Si un individuo recibe una "agresión" y ésta no se manifiesta como una alteración en los tejidos, o un trastorno funcional objetivable clínicamente, o por otro método diagnóstico, el delito de lesiones no se configura.

Como es natural, la pena es tanto mayor cuanto más grave sea la lesión y para evaluarla se tienen en cuenta tanto las secuelas como, en su caso, el tiempo que la víctima tarde en curar de las mismas.

Las penas varían según sea: Lesiones  leves penadas con prisión de un mes a un año. Lesiones graves: reclusión o prisión de uno a seis años. Lesiones gravísimas : pena de tres a diez años de reclusión o prisión .La ley prevé la comisión del delito de  lesiones  provocadas mediando emoción violenta 

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