Padre condenado a pagar 150 mil por haber reconocido tardíamente a su hija

El monto se fijó en $150 mil. El tribunal tuvo en cuenta que el progenitor, además, no admitió la paternidad en forma voluntaria,

POLICIALES - JUDICIALES 09 de julio de 2019 Pérez Darío Eduardo Pérez Darío Eduardo
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El monto se fijó en $150 mil. El tribunal tuvo en cuenta que el progenitor, además, no admitió la paternidad en forma voluntaria, todo lo cual configuró un hecho antijurídico, susceptible de ser resarcido

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo de Primera Nominación de Río Cuarto admitió el planteo de un hija y condenó al padre a pagarle el daño moral causado, al quedar demostrado que el reconocimiento de filiación fue tardío y no voluntario. Para el tribunal, ello configuró un hecho antijurídico susceptible de ser resarcido.
El tribunal integrado por los jueces Daniel Mola, José María Herrán y Carlos Alberto Lescano Zurro destacó que el accionado “sabía” o por lo menos tenía la posibilidad de saber que la accionante era su hija biológica.

El monto se fijó en $150 mil. El tribunal tuvo en cuenta que el progenitor, además, no admitió la paternidad en forma voluntaria, todo lo cual configuró un hecho antijurídico, susceptible de ser resarcido  COMERCIO Y JUSTICIA

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