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POLICIALES - JUDICIALES 01/06/2024
Adán Alberto Saba, de 35 años, fue condenado a 10 años de prisión por haber abusado sexualmente de una sobrina menor de edad en Santa Clara de Saguier (departamento Castellanos) y en Villa Trinidad (departamento San Cristóbal).
La sentencia fue dispuesta por la jueza Cristina Fortunato, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de Rafaela, informó la Fiscalía Regional 5 Rafaela.
Abusos reiterados
Lema afirmó que “en fechas que no pudieron determinarse con exactitud, ubicables entre 2016 y 2022, el condenado agredió sexualmente a su sobrina en reiteradas oportunidades en las que ella quedó a su cuidado", y aclaró que "por entonces, la niña iba a la escuela primaria".
La fiscal detalló que “los abusos fueron cometidos en diferentes domicilios en los que vivió el condenado, en zonas rurales y urbanas de las localidades de Villa Trinidad y Santa Clara de Saguier”. Según agregó, “luego de las conductas delictivas, Saba le decía a la niña que si hablaba con otras personas sobre lo ocurrido, le pasaría algo peor”.
Finalmente, la funcionaria del Ministerio Público de la Acusación (MPA) señaló que “los hechos ilícitos tuvieron la suficiente entidad como para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la niña", y remarcó que "fueron cometidos por Saba en un claro contexto de violencia de género”.
Abreviado
Saba fue condenado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado (por la guarda), acceso sexual simple y promoción de la corrupción de menores agravada (por la edad de la víctima, amenazas y por la guarda).
El condenado y su abogado defensor estuvieron de acuerdo con la decisión de abreviar los procedimientos del juicio. Asimismo, Saba admitió su responsabilidad penal por los hechos que se le atribuyeron y aceptó la calificación penal y la pena que se le impuso.
Por su parte, los progenitores de la niña, en su representación, manifestaron su conformidad en relación a lo resuelto.
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