Romero intenta adelantar a octubre la prohibición de deportes en horas pico de calor

La llegada de altas temperaturas debe ser consideradas de manera urgente en pos de extremar todos los cuidados para evitar golpes de calor por exposición al sol.

LOCALES 30 de octubre de 2023 Pérez Natalia Pérez Natalia
638817d8-9df0-4217-b515-f3042defaa91

El concejal Andrés Romero se hizo eco de las denuncias presentadas por padres, luego de que niños se descompusieran por las altas temperaturas en partidos del baby fútbol local.  

"Este último domingo, en la segunda jornada de la doble fecha del Torneo de Baby Fútbol en San Francisco, se disputaron partidos en horas del mediodía y hasta las 14.30. Se vivieron varias situaciones donde chicos sufrieron malestar al estar expuestos a un calor sofocante. En algunos casos debieron intervenir paramédicos. También se disputaron otras actividades de diferentes disciplinas deportivas.

Tomando en cuenta que los cambios de tiempo son constantes y no debemos esperar a que lleguen los meses cálidos para aplicar la reglamentación vigente en materia de horarios. Romero propone cambiar la ordenanza 7256 que regula las actividades deportivas no acuáticas de competencia adelantando si fecha de implementación a la segunda quincena de octubre. 

 QUE DICE HOY LA ORDENANZA  Nº  7256

  • Art. 1º).-  ESTABLÉCESE, que durante el período comprendido entre el día uno (1) de noviembre y el día treinta y uno (31) de marzo, ambos inclusive, de cada año, no podrán programarse, organizarse y/o desarrollarse, en la ciudad de San Francisco, actividades deportivas no acuáticas, bajo la modalidad de “competencia”, “liga”, “torneo” o similar, en el horario comprendido entre las doce horas (12:00 hs.) y dieciséis horas (16:00 hs.).-
  •  Art. 2º).-  Quien promoviere, organizare y/o desarrollare eventos deportivos no autorizados por el artículo precedente, será sancionado con MULTA de CIEN UNIDADES DE MULTA (100 UM) a MIL UNIDADES DE MULTA (1.000 UM). El Juez de Faltas podrá disponer además la CLAUSURA del lugar o la INHABILITACIÓN de la actividad, según proceda, por hasta TREINTA (30) DÍAS. Serán solidariamente responsables los propietarios y/o poseedores de los inmuebles en los que se desarrollare la actividad.-

    

p-baby50_1Los peligros de hacer jugar a los chicos del Baby Fútbol en plena ola de calor

Te puede interesar
Lo más visto