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Impacto nacional
Sólo cobra como fiscal de Delitos Complejos , el problema se repite con su jubilación demorada
POLICIALES - JUDICIALES 10 de septiembre de 2023Pérez Darío Eduardo
El fiscal Bernardo Alberione se mostró muy enojado con el Tribunal de Justicia de Córdoba por no aceptar su pedido de jubilación y ahora se conoce que tampoco le pagan su doble trabajo , dijo a FMR90,7 " me tienen que pagar dos jubilaciones y no lo hacen , ahora van a nombrar dos fiscales para hacer mi trabajo ". Este domingo PERFIL CÓRDOBA ´publicó una demanda laboral contra la Provincia de Cordoba .
El fiscal de San Francisco, Bernardo Alberione, fue noticia en los últimos días por haber recibido amenazas narco. Desde hace 10 años, cuando se creó el fuero provincial de Narcotráfico fue designado para asumir esa competencia agregando a la que ya tenía como titular de Delitos Complejos en esa jurisdicción.
En febrero de este año el TSJ rechazó su pedido y ante esa negativa interpuso una demanda en contra de la Provincia para pedir que sus haberes contemplen la doble tarea.
30 años como fiscal. Alberione ingresó a la Justicia provincial como meritorio en 1985. En 1994 accedió por concurso al cargo de fiscal de Instrucción de fuero múltiple de Arroyito y cinco años después fue trasladado a San Francisco a la Fiscalía de Instrucción del 3er Turno.
Desde 2012 esa fiscalía asumió la competencia exclusiva en Delitos Complejos, por decisión del entonces fiscal General, Darío Vezzaro. Las tres restantes fiscalías de San Francisco continuaron atendiendo los expedientes por delitos en flagrancia y atención inmediata.
En su demanda judicial, Alberione señaló que cada una de ellas estaba de turno 10 días al mes, mientras que la suya, de Delitos Complejos, estaba de turno en forma permanente, sumado al hecho de que debía afrontar investigaciones que requieren mayor despliegue, celeridad y profesionalismo.
Un año después, por la Ley N° 10.067 se creó el Fuero de Lucha contra el Narcotráfico. En aquel momento, la por entonces fiscal General, María Martha Cáceres de Bollati, le atribuyó esa tarea con el compromiso de nombrar a otro titular en la materia, como ocurrió en otras jurisdicciones de la Provincia.
En su planteo administrativo, Alberione destacó que desde entonces (inicio del 2013) quedó al frente de ambas fiscalías, de Delitos Complejos y Narcotráfico, que tienen estructuras diferentes, cada una con su secretario, prosecretario y empleados.
Respuesta de la Provincia. El dictamen se basó en la resolución que adoptó el TSJ en febrero de este año (Acuerdo 39 -SERIE “A” y 439 -SERIE “A”).
La contestación de la Provincia además señaló que la pretensión del nombramiento en el cargo y el pago retroactivo de esos haberes, “no está previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435, ni en la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal N° 7826, ni en las leyes presupuestarias, es decir que ninguna de las leyes mencionadas contempla el pago de dobles funciones o dobles tareas”.
La respuesta añade que la ley orgánica indica, en relación a las funciones de los fiscales de Instrucción, que éstos deben cumplir las funciones asignadas sin que ellas generen “algún tipo de pago extra por su ejercicio”. En síntesis, se paga por el cargo de fiscal y no por la cantidad de competencias que tiene.
El planteo común a varios magistrados al que se sumó Alberione evidencia la diferencia marcada entre la Capital y el interior en relación a las estructuras que integran el MPF y el poder jurisdiccional. Fuera de la Circunvalación, las sedes tienen magistrados con múltiples competencias, mientras que en la ciudad de Córdoba están acotadas y divididas por fueros.
Alberione consideró en su demanda que no sólo se le asignaron dos competencias de gran responsabilidad, sino que debió dirigir por una década dos estructuras de personal diferenciadas: Delitos Complejos y Narcotráfico. Esta última, nada menos que en una de las fronteras más complicadas para detener el avance narco desde Santa Fe.
ANTECEDENTE. El único antecedente de pagos extras sobre los haberes que detectó este medio, es el de la jueza electoral Martha Vidal. Cuando se creó la Junta Electoral provincial integrada por dos camaristas y presidida por la magistrada, en la ley se resolvió equiparar su sueldo con el de los vocales de cámara, un escalafón más arriba. Ese plus lo percibe mientras funciona la junta durante los años en que se realizan elecciones provinciales.
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