Salió el primer fallo que usa el Indice de Crianza del INDEC

Por primera vez, la Justicia provincial reconoce a una madre un pago actualizado en lo que antes se llamaba simplemente cuota alimentaria y ahora alcanza la crianza completa. Alcances e implicancias de una decisión paradigmática.

POLICIALES - JUDICIALES 10 de agosto de 2023
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“Fíjese cuota alimentaria provisoria, en el equivalente al 50 por ciento de la CANASTA DE CRIANZA fijada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para la franja etaria de 6 a 12 años”, dice el fallo de la jueza de Lomas de Zamora, Belén Loguercio. Es la primera sentencia judicial en la provincia de Buenos Aires que se sustenta en el índice o canasta de crianza que fue publicada por primera vez por el Instituto  Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) hace menos de un mes. Este diario tuvo acceso al fallo pero preserva la identidad de sus protagonistas.

Uno de los puntos de un estudio realizado por el Ministerio de las Mujeres , Género y Diversidad Sexual de la Provincia, a cargo de la ministra Estela Díaz, pidió una actualización del montó a pagar por mantención de niñas y niños. Salir de la lógica, considerada caduca, que habla de un porcentaje de entre un 15 al 20 por ciento del sueldo. La propuesta es basarse en un número más ecuánime, que tenga que ver con los gastos reales de crianza, a través de un índice publicado de forma oficial. En ese índice se basa el fallo, justamente. 

El estudio, elaborado en 2022, se basó en 6.400 casos en los 135 municipios de la Provincia. Uno de los resultados fue que el 66,5 por ciento de las madres no recibe la obligación alimentaria para el cuidado de sus hijos e hijas. O  "sólo la recibe eventualmente, o recibe menos de lo que debería”.

Además, en territorio bonaerense el sueldo de los hombres es mayor al de las mujeres y en la economía informal la diferencia asciende, acentuando aún más la brecha salarial, por lo cual para la mayoría de las madres es imposible mantener sus hogares sin caer en la pobreza.

“A pesar de que su presentación fue recién el 7 de julio, ya tenemos esta primera sentencia", dice a este diario Sabrina Cartabia Groba, jefa de Gabinete de la Subsecretaría de Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia, que coordina el informe de incumplimiento de la obligación alimentaria. "Cuando nos enteramos del resultado, obvio que todas nos pusimos felices, porque es una sentencia con la potencia de transformar la realidad.”.  

Para la entrevistada esta medida que es “innovadora y de vanguardia a nivel mundial” y viene a impactar de lleno con una realidad que “viven muchísimas mujeres” “Es increíble que no se pudiera medir el costo de cuidado con criterios objetivos", y que en ese tiempo “la responsabilidad del cuidado cayera solo en los hombros de las mujeres.”

La violencia económica

El informe explica por qué el incumplimiento de la responsabilidad del pago es un hecho de violencia tanto para la madre como para hijos e hijas. “El incumplimiento del pago de la obligación alimentaria es una forma de ejercer la violencia por razones de género, de tipo económica, que produce pérdida de autonomía de las mujeres. Cuando el control del dinero recae en los varones (ex cónyuges y/o parejas), el cumplimiento, o no, de la obligación alimentaria, se transforma en una herramienta de manipulación, extorsión y dominio." Y agrega la funcionaria: "El incumplimiento constituye un motivo significativo para la continuidad de prácticas de control y subordinación de las mujeres, luego de producida la separación”.

En línea a esta idea, el informe asevera que este incumplimiento de las obligaciones alimentarias marca por un lado una “vulneración del derecho de las infancias y juventudes a ser cuidadas, en todos los aspectos de su vida y su desarrollo, por sus progenitores” y por otro “un impacto que la falta de aporte económico al sustento vital de las y los hijos".  Esto da como resultado “la falta de autonomía y la sobrecarga de tareas de cuidado, a las que principalmente las mujeres suelen hacer frente, en muchísimos casos, desde hogares monomarentales”.

Pero el estudio de 142 páginas,  lejos de centrarse solo en el diagnóstico, busca respuestas, e incluye recomendaciones a los tres poderes del Estado para atacar estas desigualdades. Al respecto Cartabia Groba cuenta que “al ser parte del Estado no se puede sólo trabajar en el nivel descriptivo de una problemática, sino hay que atacarla”. Y específica: “Por eso se sugieren 32 medidas concretas en uno de los puntos llamado Problemática Para la Acción”.

En ese punto, para la abogada fue fundamental la acción del Ministerio de Hacienda nacional, en la difusión en un documento oficial:  “Hay una decisión del Indec y de la cartera de Economía de Sergio Massa de publicar por primera vez este índice, que tanto trabajo nos costó y que va a permitir que la mayoría de las mujeres no tengan que llevar en sus hombros todos los gastos de crianza”, explicó .


Pero esa es solo una de las medidas, también el informe habla de “establecer un piso mínimo del monto de obligación alimentaria”, crear un proceso exprés para la determinación de la obligación alimentaria, con un piso mínimo igual a la canasta básica según la edad y establecer un registro de deudores alimentarios, entre otras medidas.

El poder Judicial patriarcal

Para la funcionaria la Justicia tiene “una mirada históricamente patriarcal” con “procesos legales interminables”, donde “las mujeres siempre llevamos la peor parte, o bien para esperar resoluciones que no llegan nunca o que cuando llegan son insuficientes y desactualizadas”.

En ese aspecto resume: “Las mujeres que deben terminar el un litigio judicial para pedir lo que les corresponden terminar muchas veces desgastándose en una espera, física y psíquicamente interminable”.

Sobre la actualización Cartabia Groba hace mención a una modificación legislativa que considera como “nodal”: “Existe la obligación de derogar la ley 23928, existente desde el menemismo que prohíbe la indexación de las obligaciones alimentarias”.

Y argumenta: “En un proceso inflacionario como el que vive el país, es imposible pensar en un monto fijo no actualizable. Eso necesariamente crea que la mujer tenga que buscar un nuevo trabajo y por ende alguien que cuide de los hijos, con lo que nuevamente se incrementan los montos”.

Una cuestión social más que individual

En cuanto a la medida judicial reciente, retoma: “Este fallo crea jurisprudencia. Es una herramienta que nos permitirá seguir luchando. Si hablamos de tantos padres que no cumplen sus obligaciones, no hablamos de hechos aislados, sino de una tendencia cultural, a la que necesitamos cambiar con la fuerza del Estado”.

Además especifica que no es una cuestión de bajos o altos ingresos porque según se demuestra en el informe “En los sectores de mayor poder adquisitivo esta tendencia se comprueba en más del 50% de los casos”.

“Es imposible pensar en una sociedad mas igualitaria si permitimos estas injusticias que sufrimos, por el solo hecho de ser mujeres, por eso es que una resolución como esta nos llena de ganas de seguir luchando por una sociedad más justa", sentenció la abogada Cartabia Groba.

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