
3 años de prisión condicional a un productor por la muerte de un niño con agrotóxicos

Un tribunal de Goya condenó a tres años de prisión a Ricardo Nicolás Prieto por la muerte de un niño a causa de una intoxicación con agrotóxicos. El productor no irá a la cárcel porque la sentencia es bajo la condición de realizar un curso sobre manejo de fumigaciones.
El hecho ocurrió el 4 de abril de 2011, donde también se intoxicó gravemente una niña de 5 años. Este lunes, el Tribunal Oral Penal de Goya, Corrientes, condenó a tres años de prisión a un productor agropecuario por la muerte de un niño a causa de una intoxicación con agrotóxicos.
Fuentes judiciales, indicaron a Télam que Ricardo Nicolás Prieto fue hallado culpable pero no irá a la cárcel porque la sentencia es bajo la condición de realizar un curso sobre manejo de fumigaciones.
El niño, de 4 años de edad, falleció el 4 de abril de 2011 en la localidad correntina de Lavalle. La zona, reconocida por la cuenca hortícola, fue fumigada por operarios al servicio del productor imputado.
El Tribunal, conformado por Jorge Carbone, como presidente y Joaquín Sebastián Romero y Darío Ortiz, como vocales, cumplió con el segundo juicio que se ordenó por el caso, bajo la carátula de “homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal“.
Por el hecho, también dañó a la prima del niño -de cinco años de edad- quien recibió una intoxicación severa y “gravísima“.
Los operarios a cargo de Prieto fumigaron un tendalero de tomates “con las cortinas plásticas abiertas, sin supervisión. La negligencia generó el escape de gases tóxicos que fueron inhalados” por el niño y la niña.
La fumigación se había realizado con productos plaguicidas organoclorados denominados alfa endosulfan. Los agrotóxicos causaron en el niño un “edema agudo de pulmón”, culminando con su muerte cuatro días después.
La sentencia
El Tribunal resolvió una pena de tres años de prisión condicional. Además, se obliga al imputado a realizar estudios o prácticas profesionalizantes de capacitación en el uso de agrotóxicos en un organismo público o privado.
El condenado debe acreditar ante el tribunal de Goya el inicio del curso, modalidad y finalización. Deberá ser en el término de tres meses, bajo posibilidad de revocarse la prisión condicional si no cumple, indicó Télam.
No obstante, la acreditación debe ser notificada al Juzgado Civil y Comercial N°1 de Goya, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y al Ministerio de Producción de Corrientes.
Prieto fue absuelto en el año 2016 por un tribunal de Goya. Es por eso que la querella y la fiscalía a cargo de Guillermo Barry decidieron casar la sentencia. El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia ordenó en 2018 la realización de otro debate con un tribunal de distinta conformación.
Los fundamentos de la sentencia se leerán el 1 de febrero de 2021 a las 12
FUENTE: El Resaltador


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