Modifican las condiciones para recibir el IFE

Realizarán una evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud.

EL PAIS 14 de agosto de 2020
IFE

El Gobierno Nacional mediante la Resolución 16/2020 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó algunas modificaciones en torno al alcance y las condiciones para acceder al beneficio Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de 10.000 pesos. 

Uno de los cambios señala que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas para recibir el beneficio “por no reunir la calidad de destinatarios”.

Otra de las modificaciones indica que: “Cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Administración Nacional de la Seguridad Social sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente.”

Si bien, cuando se estableció el IFE, la ANSES podía solicitar a la Agencia Federal de Ingresos Públicos datos de los solicitantes para avalar las respectivas solicitudes, desde ahora esto se hará en todos los casos.

Siguiendo al párrafo anterior, la tercer modificación es que “La Administración Nacional de la Seguridad Social requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud.”

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