
A tres años de la denuncia la justicia sanfrancisqueña condenó a los dos hermanos por el abuso sexual de una menor de la familia.
Conmoción en La Paquita . La anciana se metió en medio de una pelea para defender a su nieto , murió al recibir un golpe y caer al piso..
POLICIALES - JUDICIALES 06/09/2019
Pérez Darío Eduardo
El 6 de abril no fue un mañana más para La Paquita, el tranquilo pueblo a kilómetros del cruce de Brinkman, Un tal GERMÁN MEDINA(35) golpeó la puerta de la casa de MARIA GUDIÑO ( 75) y allí a los gritos empezó a pedir que saliese afuera JULIAN, nieto de María, El agresor no estaba sólo , acompañadO de tres hombres se trenzaron en pelea con el dueño de casa. María trató de separar pero tuvo mala suerte, un trompada hizo volar su frágil cuerpo y para colmo de males, en la caída golpeo su cabeza contra el piso y perdió la vida, en un hecho que paralizó el poblado.
Medina fue detenido, imputado de HOMICIDIO SIMPLE por el fiscal ALEJANDRO ACUÑA y llevado a la cárcel de Bower donde permaneció hasta ayer, recuperó su libertad porque la Jueza de Competencia Múltiple de la ciudad de Morteros, Alejandrina Delfino, cambió la calificación del delito a HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL. o sea según la funcionaria no tuvo intención de provocar la muerte de María y puede esperar libre el juicio.
¿ Que es un homicidio preterintencional?
La figura del "homicidio preterintencional" o se encuentra prevista en el artículo 81 inciso B del Código Penal y en ella se sanciona a quien "con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte".
Se le agrega por lo tanto una consecuencia no querida a un resultado que sí era previsible (las lesiones). Para diferenciar la calificación, si es homicidio simple o preterintencional, hay que tener en cuenta el medio usado y la intención del autor.
Los especialistas dicen por ejemplo que si se utilizó un cuchillo, o un arma de fuego, es razonable que podía con él matar a la víctima, pero si se usaron los puños, tal vez la intención era solo provocar un daño físico.El Código Penal trata sobre este delito en el artículo en el artículo 81 inciso b, estableciendo la pena de reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años.
En este caso la Fiscal determinó que el golpe mortal no esta dirigido a la abuela que intentó parar la pelea y que desenlace no fue la intención del imputado.

A tres años de la denuncia la justicia sanfrancisqueña condenó a los dos hermanos por el abuso sexual de una menor de la familia.

El hombre está acusado de homicidio calificado por el vinculo, alevosía y violencia de género, en perjuicio de su expareja Luna Giardina y su exsuegra Mariel Zamudio. El fiscal Gerardo Reyes dio por terminada la investigación.

Se trata de P J L de 38 años. La sentencia fue resuelta por unanimidad en un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. “El condenado le decía a una de las víctimas que si contaba lo sucedido nadie le iba a creer y que también la retarían”, señalaron en el debate los fiscales Alejandro Benítez y Natalia Giordano.

Acción

Fue durante una audiencia realizada esta mañana en los Tibunales locales bajo la presidencia del Juez de la IPP Gustavo Bumaguin. El fiscal Martín Castellano lo acusó de Amenazas Coactivas y Homicidio doloso calificado en concurso real y en calidad de instigador. Gallardo está detenido actulmente en el penal de Coronda y en la audiencia de este viernes fue representado por los abogados Claudio Torres del Sel y Federico Scarinci

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