Por un acto discriminatorio, el Consejo de Médicos de Córdoba deberá formarse en perspectiva de salud integral trans

La comunidad LGTBQ es una de las más vulneradas por la legitimación de discursos de odio. En este contexto, la organización y la visibilización son claves para lograr victorias cotidianas y no dejar que se avance sobre derechos conquistados.

CÓRDOBA25/09/2025
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En el año 2023, La Casita Trans presentó una denuncia contra el Consejo de Médicos de Córdoba por discriminación, estigmatización y por patologizar a las identidades trans. En septiembre, la Justicia falló a favor de la Asociación Civil.

La denuncia surgió como respuesta a la organización y promoción de la capacitación llamada «Curso de actualización de Medicina General, de Cabecera y de Comunidad», que incluye el módulo «Disforia de género. Adolescencia: Patologías frecuentes y otras».

Un precedente clave

Se presentó ante el Juzgado de niñez, adolescencia, violencia familiar y de género de Córdoba, en el marco de la Ley 10401 – Protección integral a las víctimas de violencia por cuestión de género- por haber cometido violencia de tipo simbólica con modalidad mediática e institucional de manera indirecta contra los derechos sexuales de las personas de la comunidad LGTBQ, con especial énfasis en las niñeces y adolescencias trans, travestis y no binaries de Córdoba.

Y a principios de septiembre, el caso fue resuelto por la magistrada Laila Judith Córdoba: el Consejo de Médicos de Córdoba deberá formarse en perspectiva de salud integral trans.

«Es un fallo importantísimo, porque se vuelve una herramienta para aplicar en instituciones que históricamente expulsan y violentan a las niñeces y adolescencias trans, como las escuelas, hospitales y centros de salud. Esta sentencia podrá ser utilizada en su defensa, en todos los ámbitos de su vida. Por ejemplo, si un club que se para desde un paradigma patologizador va a estar cometiendo violencia, ese es el gran valor que tiene el fallo», enfatizó la abogada Laura Britos, quien presentó la denuncia junto con La Casita Trans.

¿Qué resolvió la jueza Córdoba?

La abogada explicó que la magistrada tomó los testimonios y argumentos de Santiago Merlo, como presidente de La Casita Trans, del director del Consejo de Médicos de Córdoba y el amicus presentado por Fundeps, quien acompañó el reclamo.

Además, tuvo en cuenta la respuesta inicial que tuvo el colegio de profesionales, que estuvo atravesada por el paradigma biologicista: «En su carta, dijeron que la transexualidad no existía sin los médicos porque o se adecuaban la psiquis a lo que corporalmente era o se debía adecuar el cuerpo a lo que la psiquis se autopercibía. Es decir, confundieron patologización con medicalización».

En este contexto, la jueza Laila Judith Córdoba resolvió:

1) Que hubo violencia de género de tipo simbólica, con modalidad mediática, institucional de parte del Consejo Médico de la Provincia de Córdoba en contra de La Casita Trans, incidiendo de manera indirecta contra los derechos sexuales de las personas de la comunidad LGBTIQ+.

2) Como reparación, impuso al Consejo médico que se arbitren los medios necesarios para que la asociación civil que preside Santiago Merlo capacite al personal administrativo y médico de dicha entidad en la importancia del uso correcto de los términos a fin de evitar sesgos patologizantes.

«Las personas trans para su atención integral de la salud van a requerir ir al médico como cualquier persona, la base de nuestra discusión es que usar el término ‘disforia de género ‘es partir de un paradigma patologizador que genera violencia y exclusión de los consultorios médicos», expresó la entrevistada.

Se amplió una normativa a favor de la comunidad trans

Laura Britos destacó dos cuestiones del fallo: primero, que no es entre personas físicas, sino que una Asociación Civil denuncia a un Colegio de profesionales; y segundo, que se toma toda la legislación protectora de la mujer, porque el termino violencia de género, en general se utiliza como sinónimo de violencia hacia la mujer, y la aplica para decir que también los varones trans pueden sufrir violencia en razón de su género, entonces, amplía la protección de la ley 10401.

El paradigma biologicista provoca una mala atención de la salud integral trans. Esta expulsión ha provocado que la expectativa de vida de las personas trans sea de 35 años

Laura Britos, abogada

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