Santa Fe: un fallo histórico obliga a un tío a pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos

Un juzgado de Familia de San Lorenzo sentó un precedente al extender la obligación alimentaria a un tío paterno, ante el incumplimiento del padre. La medida se basó en el principio de solidaridad familiar

EL PAIS18/09/2025
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En un fallo sorprendente, el Juzgado de Familia de San Lorenzo, Santa Fe, ha dispuesto que un tío paterno asuma la obligación de pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos, debido al incumplimiento del padre. La resolución, emitida por el juez Marcelo Escola, se basa en el principio de solidaridad familiar consagrado en el Código Civil y Comercial.

El conflicto se origina tras el divorcio de los padres en 2023. Un año después, el tribunal estableció que el padre debía hacerse cargo de los alimentos, pero su situación laboral cambió de formal a informal, lo que resultó en el incumplimiento de dicha obligación. Ante este escenario, la madre de los niños, quien se encuentra a cargo de su crianza, solicitó una medida cautelar urgente.

El juez Escola no dudó en afirmar que “las necesidades alimentarias de los hijos son impostergables”. Por ello, decidió que un familiar con mayor capacidad económica, en este caso el hermano del progenitor, asumiera la responsabilidad alimentaria. La cuota provisional se fijó en un 125% de la canasta de crianza para niños de 6 a 12 años, incluyendo un 30% del aguinaldo, así como también cobertura de obra social y asignaciones familiares.

La resolución también pone de manifiesto la precaria situación de la madre, quien se encarga sola de sus hijos—una adolescente con discapacidad y un niño en edad escolar. Para subsistir, realiza trabajos informales de venta de comida y manualidades, pero, según su abogado, Federico Godoy, “lo que consigue día a día no es suficiente para cubrir todas sus necesidades básicas”.

El tribunal recalca que el principio de solidaridad familiar permite trasladar la carga alimentaria a otros parientes cuando los padres incumplen. Este fallo no es aislado; en el pasado, el mismo juez ha emitido decisiones similares, y se han registrado precedentes en Rosario en los que se ha obligado a tíos paternos a hacerse cargo de las obligaciones alimentarias.

Este caso reafirma la importancia de la responsabilidad familiar en la protección de los derechos de los niños, asegurando que, ante la falta de cumplimiento de los padres, otros miembros de la familia puedan intervenir para garantizar su bienestar.

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