Prisión preventiva para los imputados por el crimen de Aralí Vivas

Se trata de la madre, el padrastro y un amigo de la familia, todos imputados por el crimen de la niña de 8 años en Brinkmann.

POLICIALES - JUDICIALES 31/12/2024
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La Fiscalía de Instrucción de Morteros, a cargo de Yamila Di Tocco, dictó la prisión preventiva de los imputados por el crimen de Aralí Vivas en Brinkamnn. Se trata de Ezequiel Matías Simeone, padrastro de la nena, de Cristian Hernán Varela, amigo de este último, y de Rocío Milagros Rauch, la madre de la niña, acusados de participar en el abuso sexual y muerte de la menor de ocho años.


La medida se implementó luego de que se comprobara a través de la autopsia que la niña había sido abusada por Simeone y Varela, quienes podrían recibir la pena de prisión perpetua.

Asimismo, la Justicia entiende que Simeone y Varela mataron a Aralí para ocultar un delito previo, que en este caso sería el abuso sexual confirmado por la autopsia.

En ese marco, los detalles de las imputaciones de los detenidos:

-Ezequiel Matías Simeone: supuesto coautor de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado-. Y de “Homicidio calificado por el vínculo”, por mediar violencia de género y criminis causa, en concurso real, y como probable autor del delito de Incendio, todo en concurso real.

-Cristian Hernán Varela: supuesto coautor responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado-. Y de “Homicidio calificado por el vínculo”, por mediar violencia de género y criminis causa, en concurso real.

-Rocío Milagros Rauch: supuesta partícipe necesaria penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”, por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo, y por ser cometido por dos o más personas -reiterado-. Y de “Homicidio calificado por el vínculo”, por mediar violencia de género y criminis causa, todo en concurso real.

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