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Las empleadas domésticas perciben la primera de las dos cuotas del salario anual complementario.
EL PAIS26/06/2024Las trabajadoras de casas particulares comenzaron a percibir la primera cuota del Salario Anual Complementario (SAC) pautada para junio y que tendrá un límite para ser abonada en los primeros días de julio. Además, deberá ser la mitad de la mayor remuneración mensual del último semestre.
Para las empleadas domésticas bajo el régimen establecido por la Ley 26.844, la fecha de pago del aguinaldo es la última jornada laboral de cada semestre, es decir, durante los meses de junio y diciembre, aunque podría extenderse por cuatro días hábiles sin ningún tipo de penalidad. De este modo, el 4 de julio sería la fecha límite.
Por su parte, el cálculo del SAC será el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. Por ende, se debe hacer una revisión de todos los sueldos cobrados en el último semestre, tomar el mayor y dividirlo por dos.
Dentro de los conceptos a tener en cuenta para la determinación de la base de cálculo del aguinaldo se encuentran el salario básico, las horas extras, los adicionales (Zona, Antigüedad, etc), las remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación) y las gratificaciones o adicionales. Sin embargo, las asignaciones familiares y sumas no remunerativas no integran la base.
En tanto, para las trabajadoras que no presten servicios el semestre completo se deberá realizar la determinación del aguinaldo teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo, los días trabajados, licencia por vacaciones, licencias por enfermedad y otras licencias legales pagas.
En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración no deberán computarse, por ejemplo, una licencia por maternidad, licencias sin goce de sueldo y ausencias sin justificación.
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