
Juicio político a Rosatti: FdT tiene mayoría para abrir investigación

El Frente de Todos (FdT) tiene mayoría para abrir una investigación y emitir dictamen en la comisión que debe tratar el pedido de juicio político que impulsará el presidente Alberto Fernández contra el titular de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, por presunto mal desempeño de sus funciones, informaron fuentes parlamentarias.
De todos modos, para concretar la acusación, el artículo 53 de la Constitución Nacional establece que se deberá aprobar en el recinto con los dos tercios de los miembros presentes en una sesión.
De hecho, la Cámara de Diputados aprobó el 16 de diciembre de 2004 la ultima acusación, que fue contra el exministro de la Corte Antonio Boggiano, y el resultado fue abrumador porque superó los dos tercios de los presentes al cosechar 159 votos a favor, 6 negativos y 5 abstenciones.
Boggiano fue finalmente destituido por el Senado por 44 votos de los 56 presentes en la sesión -con lo cual superó los dos tercios- el 28 de septiembre del 2005.
Fue el último magistrado del tribunal destituido por ese mecanismo y el juicio político había sido presentado por el ex presidente Néstor Kirchner.
Dos años antes antes había sido destituido Eduardo Eduardo Moliné O'Connor, mientras que los restantes miembros del tribunal, Julio Nazareno, Guillermo López y Adolfo Vásquez, renunciaron cuando se inició el proceso de juicio político.
De acuerdo con el reglamento de la Cámara, la comisión de Juicio Político podrá rechazar "in limine" o abrir a aprueba un sumario sobre un pedido de enjuiciamiento presentado contra algún miembro de la Corte Suprema, ministros del Poder Ejecutivo o el Presidente y Vicepresidente de la Nación.
Para poder abrir la investigación debe tener mayoría en la comisión de Juicio Político y eso sucede hoy en la Cámara de Diputados, donde el oficialismo posee 16 de los 31 miembros en ese organismo clave del cuerpo legislativo, que hoy preside la legisladora entrerriana del FdT Carolina Gaillard.
En ese sentido, la legisladora oficialista ratificó que "el bloque del Frente de Todos tiene mayoría en la comisión para tramitar en la apertura del sumario para empezar a investigar".
"La investigación dura 60 días", dijo, y aseguró que, en ese plazo, "se pueden llamar a los acusados y testigos para que comparezcan".
El reglamento de la comisión de Juicio Político permite cuando se abra la investigación con mayoría simple -lo que no sucede hace años- que se pueda pedir documentación a la justicia, llamar a los acusados -aunque pueden excusarse de testimoniar- y citar a otros testigos.
Un detalle de la importancia que tiene esa comisión es que la integran los presidentes del bloque de diptuados del FdT, Germán Martínez; de la Coalición Cívica, Juan Manuel López (vicepresidente de la comisión); de la UCR, Mario Negri (secretario), y del Interbloque Federal, Alejandro Rodríguez.
El vicepresidente de la Cámara, Omar De Marchi (PRO), es secretario de la comisión, así como el diputado del PRO y miembro del Consejo de la Magistratura, Álvaro González. También integran la comisión los representantes oficialistas en el Consejo, Rodolfo Tailhade y Vanesa Siley.
Tras el proceso de investigación, el Frente de Todos tiene los números para emitir el dictamen en la comisión de Juicio Político, pero no puede alcanzar los dos tercios de los votos de los miembros presentes en el plenario si Juntos por el Cambio mantiene su postura de rechazo a este enjuiciamiento contra Rosatti, ya que existe una extrema paridad entre las dos fuerzas políticas.
El artículo 53 de la Constitución Nacional fija que la Cámara de Diputados puede acusar "ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de Gabinete de Ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes".
El artículo 59 establece que "al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto".
Fuente: Télam

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