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El proyecto propone la creación de un PUNTO DIGITAL de acceso libre y gratuito, en el edificio de la Tecnoteca de la ciudad garantizando el acceso a las nuevas tecnologías para la gestión de tramites online vinculados a programas o políticas del gobierno Nacional, Provincial o Municipal.
LOCALES19/07/2022Desde el viernes pasado comenzó en Argentina la inscripción para el registro que permitirá mantener al subsidio de los servicios de luz y gas. Si bien el trámite puede hacerse de manera online, no todos los sanfrancisqueños tienen acceso a internet, o el conocimiento para hacerlo.
Para estos casos se entregarán turnos en las oficinas de Anses para hacerlo de manera presencial. El concejal Andres Romero cree que es necesario que el Municipio ponga a disposición la Tecnoteca San Francisco, un lugar equipado con computadoras e internet con el propósito de agilizar el llenado del formulario.
El edil propone que la Tecnoteca San Francisco tenga un PUNTO DIGITAL que ofrezca este servicio constantemente para trámites cotidianos como la solicitud de turnos en el Registro Civil (DNI, partida de nacimiento, acta de defunción); la Dirección de Tránsito (sacar o renovar la licencia de conducir) o la gestión del Ciudadano Digital (CIDI), tan necesario en la actualidad, entre otros.
Que existiendo en la ciudad un edificio público cuyos fines y objetivos se encuentran orientados a la disminución de la brecha digital mediante la vinculación de la sociedad con la ciencia y la tecnología, es que considero necesario la implementación de un área dentro de su estructura edilicia para facilitar y acompañar a los vecinos en la gestión de tramites online de manera gratuita.
Art.1°).-Establézcase un Punto Digital, de acceso libre y gratuito, en el edificio de la Tecnoteca de la ciudad garantizando el acceso a las nuevas tecnologías para la gestión de tramites online vinculados a programas o políticas del gobierno Nacional, Provincial o Municipal.
Art.2°).-El punto digital deberá ofrecer los recursos tecnológicos, conectividad y acompañamiento necesario para la realización de trámites con instancias virtuales o remotas, de acuerdo a las condiciones y alcances establecidos por la autoridad de aplicación.
Art.3°).-La secretaria de Modernización Municipal será la autoridad de aplicación de la presente, debiendo establecer los días y horarios de funcionamiento del punto digital y la demás condiciones complementarias para su correcta implementación.
Art.4°).-Facúltese al DEM a celebrar los convenios de colaboración pertinentes con el gobierno Nacional y/o Provincial.
Art.5°).-De Forma.-
FUNDAMENTO:
Que la presente tiene como objeto establecer un espacio de inclusión digital para la gestión de aquellos tramites de orbita Nacional, Provincial o Municipal que cuenten con instancias virtuales o remotas en su procedimiento.
Que en la actualidad contamos con infinidad de trámites oficiales de los distintos niveles de gobierno que requieren el acceso a las nuevas tecnologías y conectividad para su gestión, siendo un inconveniente para muchos vecinos que no cuentan con los recursos y conocimiento necesario.
Que existiendo en la ciudad un edificio público cuyos fines y objetivos se encuentran orientados a la disminución de la brecha digital mediante la vinculación de la sociedad con la ciencia y la tecnología, es que considero necesario la implementación de un área dentro de su estructura edilicia para facilitar y acompañar a los vecinos en la gestión de tramites online de manera gratuita.
Que en este sentido el punto digital ofrecerá a los vecinos los recursos tecnológicos y el asesoramiento pertinente para la realización de trámites tales como: validación de usuario de la aplicación “Mi Argentina”, gestión Ciudadano Digital, solicitud de turnos en entidades oficiales o bancarias, así como cualquier otro programa o política que requiera acceso a las nuevas tecnologías.
Por lo expuesto y con el objetivo principal de generar herramientas que faciliten la gestión de este tipo de trámites y contribuir de manera complementaria la política de alfabetización digital, es que se somete a consideración del recinto para su aprobación la presente ordenanza.
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