
Supermercados y comercios barriales denuncian aumentos de hasta 8 por ciento
La idea es entregar kits de higiene menstrual en instituciones educativas y deportivas.
LOCALES29/07/2021
Pérez Natalia
La ONU considera que el manejo de la higiene menstrual es un tema de derechos humanos, tiene que ver con la igualdad de género, derecho al agua y saneamiento, a la salud, a la educación, a la participación. Las concejalas Susana Pérez, Mirian Elsener y María Julia Ríos presentaran un proyecto para la creación de un programa municipal de higiene menstrual.
Las mujeres realizan este consumo mensual de productos para la gestión menstrual durante un promedio de 40 años. Menstruar representa un costo extra e inevitable que deben enfrentar las personas con salarios más bajos que el promedio de la economía y mayores obstáculos para insertarse en el mercado laboral formal. Los costos de menstruar, si bien fluctúan de acuerdo a condiciones individuales, constituyen una magnitud que puede estimarse en términos generales.
El proyecto contempla la necesidad de garantizar a las niñas, jóvenes menstruantes en situación de vulnerabilidad del adecuado acceso a elementos sanitarios. Las ediles remarcan que entre las jóvenes que concurren a establecimientos educativos se estima que se pierde entre el 10 y el 20 por ciento de los días de clases por falta de acceso a productos para la gestión menstrual.
Que un dato a considerar es que los productos de gestión menstrual no son considerados esenciales para la salud, sino como cosméticos, con lo cual a su precio se le adiciona el 21% de IVA, esto incrementa aún más el costo y excluye a los sectores más vulnerables de la población.
El acceso a estos productos implica un cuantioso costo y marca una diferencia entre personas menstruantes y no menstruantes, pero por sobre todo marca una diferencia entre quienes tienen recursos y quienes no lo posean.
Que por estos motivos, creen conveniente la implementación en Frontera de un “Programa de Gestión Menstrual” que contemple estos factores y favorezca la inclusión y el acceso a la salud en Instituciones Educativas y/o Deportivas.
Artículo 1°: Crease el “Programa Municipal de Gestión Menstrual” para proveer gratuitamente productos para la higiene menstrual y a simple requerimiento de Instituciones educativas de nivel primario, secundario y/o Instituciones deportivas.
Artículo 2°: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los ajustes presupuestarios que considere pertinentes, a fin de garantizar la implementación de la presente Ordenanza en forma gradual y en base al crecimiento poblacional.
Artículo 3°: De forma.

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