Aumentan las penas para los violadores

El Gobierno promulgó la ley que introdujo cambios en el Código Penal y amplió la figura del abuso sexual.

POLÍTICA 17 de mayo de 2017 Pérez Natalia Pérez Natalia
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El Ejecutivo promulgó este miércoles la ley 27.352, que aumentó penas a violadores, mediante una modificación del Código Penal.

A través de la norma, se modificó el artículo 119 del Código Penal, que ahora señala que "será reprimido con reclusión o prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece (13) años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción".

Además, se agravan las penas a cuatro a diez años de reculusión o prisión "cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima".

Y a un rango de "seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías".

Se agravan las penas a entre 8 y 20 años si el ataque "resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima" o "el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda", entre otros agravantes.

Fuente: El Destape Web

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La medida alcanza a los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros. La libre elección será por el pazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la solicitud.

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