La CIDH abrió una causa internacional contra el Estado argentino por la contaminación de Porta Hnos. en Córdoba

El organismo interamericano investigará la responsabilidad del país tras catorce años de funcionamiento ilegal de la planta de bioetanol, cinco fallos judiciales desobedecidos e impactos severos en la salud de los vecinos. Se trata del segundo caso de contaminación industrial en la historia argentina que alcanza esta instancia.
CÓRDOBA21/08/2026

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) formalizó la apertura del Caso N.º 15.978, mediante el cual investigará al Estado argentino por presuntas violaciones a los derechos fundamentales a la salud, a un ambiente sano, al acceso a la información y a la tutela judicial efectiva. La causa fue impulsada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y la agrupación Vecinas Unidas en Defensa de un Ambiente Sano (VUDAS), quienes representan a las familias afectadas del barrio San Antonio, en la capital cordobesa.

La decisión del tribunal internacional sitúa el foco sobre la planta procesadora de maíz transgénico de la empresa Porta Hnos. S.A., radicada a escasos metros de viviendas familiares. Desde su instalación en 2012, la firma opera sin contar con la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) exigida por la ley provincial N.º 10.208, un trámite técnico y participativo obligatorio para evaluar si los riesgos de una industria son aceptables para la comunidad.

Catorce años de incumplimientos y cinco fallos firmes

La resolución de la CIDH ocurre en forma simultánea con un nuevo revés para la compañía en los tribunales locales. La Cámara Federal de Córdoba ratificó por quinta vez la exigencia de que Porta Hnos. realice la EIA y apuntó de manera crítica contra la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, organismo al que cuestionó por avalar de forma sistemática el funcionamiento de la planta mediante habilitaciones administrativas precarias, ignorando los fallos firmes.

El historial del litigio refleja un estancamiento institucional sostenido:

  • 2012: La empresa expande su planta para producir bioetanol a escala industrial en plena zona urbana y sin licencia ambiental. En forma paralela, los residentes de los barrios San Antonio e Inaudi comienzan a reportar afecciones dérmicas, respiratorias, oculares y digestivas.

  • 2016-2019: Ante la inacción oficial, los vecinos presentan un amparo ambiental colectivo. En diciembre de 2019, la justicia federal ordena formalmente a la empresa regularizar la EIA en un plazo de 90 días.

  • 2020-2023: Porta Hnos. apela sistemáticamente la orden. Tras llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2023, la máxima entidad judicial rechaza los recursos de la empresa y deja firme la obligación de someter la planta a la evaluación técnica.

  • 2024-2026: La empresa intenta validar auditorías internas en lugar de la EIA requerida por ley. La justicia rechaza estas maniobras e intima a la provincia a realizar una audiencia pública. En agosto de 2026, la Cámara Federal vuelve a instar el cumplimiento del trámite bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a la justicia penal.

Investigaciones técnicas independientes sumadas al expediente demostraron que la acumulación de combustibles en las instalaciones de la planta excede en hasta cien veces los niveles de carga de fuego permitidos para un área residencial.

Jueces imputados por presuntas dádivas

La ineficacia del proceso judicial en el ámbito local sumó un capítulo de gravedad institucional. El Ministerio Público Fiscal de la Nación imputó e inició una investigación penal contra los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Abel Guillermo Sánchez Torres y Graciela Susana Montesi, por el presunto delito de admisión de dádivas.

La fiscalía investiga un viaje privado realizado por los magistrados en un avión privado hacia Punta del Este, presuntamente financiado por grupos económicos con intereses en sus juzgados, entre ellos la firma Porta Hnos. Ambos jueces intervinieron firmando resoluciones favorables a la planta procesadora en el marco del litigio ambiental.

El alcance de la acción internacional

Con la apertura del trámite de fondo por parte de la CIDH, la responsabilidad recae directamente sobre el Estado nacional. El organismo examinará las omisiones de los órganos de control y la falta de garantías judiciales para los vecinos durante más de una década.

De confirmarse la responsabilidad internacional de Argentina, el tribunal interamericano emitirá recomendaciones vinculantes orientadas a la reparación integral de los daños en la salud de la población, la recomposición del entorno ambiental y la adopción de medidas estructurales para evitar la repetición de hechos de contaminación industrial en zonas urbanas habitales.

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