
Condenan a una banda narco que vendía cocaína en la región
Comandada desde la prisión
Según la acusación, el imputado habría montado en la ciudad de Córdoba una sucursal de su empresa y mediante esta firma habría captado numerosas víctimas que aportaron grandes sumas de dinero.
POLICIALES - JUDICIALES 19/04/2024Elevan a juicio la causa por presuntas estafas relacionadas con inversiones en criptomonedas que tiene como principal imputado a Edgar Adhemar Bacchiani. El Juzgado de Control y Faltas Nº 7 de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez José Milton Peralta, confirmó el requerimiento de citación a juicio que dispuso la Fiscalía de Instrucción de 27° por la supuesta comisión de estafas relacionadas con inversiones en criptomonedas.
Según la acusación, el imputado habría montado en la ciudad de Córdoba una sucursal de su empresa Adhemar Capital SRL. Mediante esta firma habría captado numerosas víctimas que aportaron grandes sumas de dinero para ser invertidas en criptodivisas.
Bacchiani firmaba contratos de mandato de inversión por seis meses y se comprometía a pagar mensualmente intereses que oscilaban entre el 13% y el 18% como así también a restituir el capital aportado al finalizar el contrato. Sin embargo, ni los intereses mensuales ni el capital invertido en criptoactivos les fueron devueltos a sus clientes. Los montos aportados por los más de 50 damnificados alcanzan, en algunos casos, los 200.000 dólares.
La defensa sostuvo que no se trataba de un hecho de estafa, sino de un incumplimiento contractual y, por lo tanto, consideraron que no existió engaño. Asimismo, esgrimieron que el imputado no había participado en los hechos ya que él no había contactado personalmente con los damnificados.
Para el juez hay "fuertes indicios" de la culpabilidad de Bacchiani
En relación con la existencia de la estafa, el juez Peralta concluyó que existen fuertes indicios para considerar que, desde un inicio, el imputado habría planeado no cumplir con las obligaciones contraídas, de modo que la maniobra se trataba de una estafa y no de un mero incumplimiento contractual.
Entre otros indicios, el magistrado valoró el hecho de que el imputado haya otorgado pagarés a título personal para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones; pero que, al mismo tiempo, haya colocado muchísimos de sus bienes a nombre de “testaferros”.
Asimismo, el juez Peralta consideró que, conforme sus ejercicios contables, la rentabilidad de la empresa en años anteriores había sido mucho menor a lo que Bacchiani prometía a sus clientes en estos casos. Esto, a criterio del tribunal, evidencia lo falaz que era su propuesta y, por ende, constituye otro fuerte indicio de la existencia de engaño.
Respecto a la participación de Bacchiani, el juez entendió que el imputado fue el autor mediato de los hechos. Pues, si bien quienes contactaron a los damnificados fueron sus dependientes, estos lo habrían hecho inducidos a error por el imputado. Puesto que, en principio, no habrían tenido conocimiento de la maniobra.
Comandada desde la prisión
Mientras las defensas sostuvieron que se trató de una falsa denuncia, el padre de la víctima criticó que las familias de los acusados no aportaron las pruebas que aseguraron tener para demostrar la inocencia de los imputados.
El jurado popular exculpó a los imputados, en el juicio que se desarrolló en Río Cuarto. El exdirector del hospital de Huinca Renancó y una asistente social resultaron absueltos.
En el proceso están imputados un médico y una asistente social, ambos ex integrantes del COE. En caso de haber condena, se podría aplicar el concepto de violencia institucional, lo que podría dar lugar a un nuevo juicio contra autoridades.
A pesar de que se trata de un gran paso, por el momento se desconoce cuándo se concretaría la resolución del futuro de la causa. El tribunal que estará a cargo de debatir si el asesinato de Dalmasso prescribe o no, ya fue determinado.
La funcionaria Celina Laje Anaya denunció a Abel Sánchez Torres. Entre los posibles delitos, se menciona abuso de autoridad, falsedad ideológica y coacción. La causa es por evasión agravada contra la cerealiera Bunge.
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