Avanza en el Senado el proyecto para regular los alquileres temporarios para el turismo

La iniciativa propone la creación de un Registro Nacional, regular y desdolarizar a plataformas como Airbnb, que están fuera del marco normativo del Estado, e incluso fija sanciones por incumplimientos. El texto está listo para ser tratado en el recinto en la próxima sesión, cuya fecha está aún por definir.

POLÍTICA01 de septiembre de 2023
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Un proyecto de ley que busca regular los alquileres temporarios con fines turísticos fue aprobado este jueves por unanimidad por los senadores del oficialismo y de la oposición, en un plenario de comisiones que dejó el texto listo para ser tratado en el recinto en la próxima sesión, cuya fecha está aún por definir.

Los senadores del Frente de Todos (FdT) y de Juntos por el Cambio (JxC) acordaron unificar dos iniciativas, una de la oficialista santacruceña Ana María Ianni y otro de la radical mendocina Mariana Juri, para crear un registro a nivel nacional sobre quienes ofrezcan inmuebles para alquileres a turistas.


Qué propone la iniciativa

La iniciativa propone regular y desdolarizar a plataformas como Airbnb, que están fuera del marco normativo del Estado, e incluso fija sanciones por incumplimientos.

La propuesta, muy similar a la presentada recientemente por la diputada kirchnerista Paula Penacca en la Cámara baja, estipula que para que la locación de un inmueble se considere de alquiler temporario debe rentarse por un espacio de entre 1 y 90 días.

Según el escrito, “los propietarios o administradores que cuenten con poder o autorización correspondiente para comercializar inmuebles de forma temporaria, los huéspedes y toda persona que comercialice, publicite u ofrezca a través de cualquier medio viviendas de alquiler temporario para uso turístico”.

Asimismo, se propone la creación del Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario, en el ámbito del Ministerio de Turismo.

Además, establece que “las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos deberán habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; y proceder a la baja, retiro o suspensión de toda publicación que no posea el número de inscripción en el registro, previa notificación fehaciente al propietario o administrador de la unidad en alquiler”.

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