
Córdoba: suben las multas de la Caminera y la máxima supera los 237 mil pesos

l Gobierno provincial actualiza el valor de la Unidad Fija de Multa, las que a partir de hoy serán equivalentes a $118,70, subiendo en la práctica el valor de las multas de la Caminera.
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y, tal como lo dispone la Ley Provincial de Tránsito, establece que el valor de las multa por infracciones se mide en Unidades Fijas de Multa, las que son equivalentes al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper.
El nuevo valor de la Unidad Fija de Multa regirá hasta que se determine un nuevo precio, lo que sucederá días después de que se establezca otro aumento en el precio de los combustibles líquidos en Argentina.
Con este nuevo valor, las infracciones labradas por la Policía Caminera irán desde un mínimo de $2.374 para las multas más leves, hasta un máximo de $237.400 para las sanciones máximas. Cabe recordar que las escalas para cada una de las infracciones están preestablecidas y fijan valores en Unidades de Multa, las que van creciendo de acuerdo a la gravedad de la infracción.
Multas leves
Por infracciones leves, los conductores afrontan sanciones que van de 20 a 100 UF (pérdida de 0 a 2 puntos), lo que implica multas con valores desde los $2.374 pesos hasta los 11.870 pesos. Por ejemplo, conducir fumando.
Infracciones graves
En este caso, las multas van desde 100 hasta 200 UF (pérdida de 2 a 5 puntos), lo que implica sanciones económicas entre 11.870 pesos y 23.740 pesos. Dentro de este rango figura no llevar las luces encendidas, entre otras infracciones.
Muy graves
Establecen multas de entre 200 y 400 UF (pérdida de 5 a 20 puntos), que ahora pasarán a costar entre 23.740 y 47.480 pesos. Ejemplo: conducir en contramano, exceder el límite de velocidad o cruzar semáforos en rojo.
Máximas
Las de esta categoría se ubican entre 1.200 y 2.000 UF. En este segmento, los valores irán de 142.440 pesos a 237.400 pesos.
Cabe remarcar que según lo establece la ley, el pago de las multas “podrán hacerse efectivas dentro de los diez días siguientes a la notificación, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) sobre el monto total de lo establecido de acuerdo a la gravedad de la infracción.



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