Córdoba: condenaron a 18 años de prisión al líder de la secta de los "sanadores egipcios"

El Tribunal Oral Federal dictó sentencia contra Álvaro Juan Aparicio Díaz, conocido como "Sahú Ari Merek". Su esposa, Carolina Laura Cannes, fue condenada a 9 años de cárcel. La organización, con sede en Traslasierra, captaba a personas vulnerables para someterlas a abusos, estafas y explotación.
POLICIALES - JUDICIALES 07/11/2026

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El juicio contra los principales responsables de la denominada secta de los "sanadores egipcios" concluyó este viernes en los Tribunales Federales de Córdoba con duras penas de prisión y reparaciones económicas. Álvaro Juan Aparicio Díaz, líder del grupo que se autodenominaba "Sahú Ari Merek" y afirmaba ser un maestro de terapias del Antiguo Egipto, fue condenado a 18 años de cárcel. En tanto, su esposa, Carolina Laura Cannes, recibió una pena de 9 años de prisión. Asimismo, ambos deberán abonar una indemnización millonaria destinada a reparar a los damnificados.

La causa tuvo su punto de partida en las denuncias presentadas por exempleados e integrantes de la Fundación Académica Sêshen, una entidad que operaba centralmente en el Valle de Traslasierra. La investigación judicial, iniciada en 2020 y trasladada posteriormente del fuero provincial al ámbito de la Justicia Federal, derivó en el juicio oral y público que comenzó en septiembre de este año contra la pareja al frente de la estructura.

Captación, manipulación y estafas en Traslasierra

Las pruebas ventiladas durante las audiencias expusieron el modus operandi de la organización, centrado en maniobras de captación y manipulación psicológica dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad. Bajo el pretexto de impartir cursos, tratamientos, formaciones y viajes vinculados con la cultura egipcia, la pareja sometía a los adeptos a diferentes modalidades de explotación.

Las denuncias incorporadas al expediente judicial acreditaron que las víctimas eran forzadas a entregar elevadas sumas de dinero y realizar diversas tareas operativas en beneficio de la organización. El fallo judicial dio por probada la comisión de delitos de explotación laboral y económica, estafas reiteradas y abusos sexuales perpetrados en el marco del funcionamiento del grupo.

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