Ushuaia: declararon inimputable al hombre que viajó desde Buenos Aires para raptar a una nena de 12 años

El Juzgado de Instrucción Nº 3 del Distrito Judicial Sur sobreseyó a Francisco Álvarez Ruiz (23) basándose en pericias psiquiátricas forenses. El imputado, que acosaba a la menor por redes sociales e intentó llevársela por la fuerza del colegio, fue ordenado a internación inmediata con custodia policial por riesgo para sí y para terceros.
POLICIALES07/11/2026

el-hombre-no-sera-juzgado-ni-condenado-QWGFCM4M2NEMHHVIJ3T3JYWGHQ

Un caso de extrema gravedad sacudió a la ciudad de Ushuaia luego de que la Justicia declarara inimputable a Francisco Álvarez Ruiz, un hombre que viajó desde Buenos Aires hacia Tierra del Fuego con el objetivo de raptar a una nena de 12 años a la que venía acosando por redes sociales. El fallo fue dictado por el Juzgado de Instrucción Nº 3 del Distrito Judicial Sur, resolviendo sobreseer al acusado, por lo que no será juzgado ni condenado penalmente.

Los hechos se desencadenaron cuando el agresor interceptó a la menor en la vía pública, tomándola con fuerza del brazo y del hombro para intentar besarla y llevársela por la fuerza. La rápida reacción de sus compañeros de escuela —quienes se interpusieron y gritaron por ayuda— permitió que la víctima se soltara y corriera a resguardarse en el Colegio Integral de Educación Ushuaia (CIEU).

Álvarez Ruiz persiguió a los alumnos e intentó irrumpir en el establecimiento rompiendo a patadas una de las puertas vidriadas de acceso mientras gritaba "Vení conmigo" y exigía hablar con el padre de la nena, momento en que fue aprehendido por la Policía de la Provincia de Tierra del Fuego.

Unificación de causas, pericias forenses e internación

La resolución judicial unificó tres expedientes contra el imputado: la causa por grooming iniciada en junio tras una denuncia del padre de la víctima, las amenazas enviadas a un grupo de WhatsApp de alumnos de primer año y el expediente por el intento de rapto y los daños al colegio. El juzgado consideró plenamente probado que los hechos ocurrieron y los calificó como "grooming, amenazas, rapto en grado de tentativa, daños y amenazas coactivas, en un contexto de violencia de género".

Sin embargo, el sobreseimiento se fundamentó en un dictamen pericial interdisciplinario de profesionales forenses. Los peritos concluyeron que, debido a un padecimiento de salud mental encuadrado en el artículo 34, inciso 1º, del Código Penal, Álvarez Ruiz no pudo comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. Al advertirse un riesgo cierto e inminente para sí y para terceros, el tribunal ordenó su internación como medida de seguridad en el Servicio de Salud Mental del Hospital Regional Ushuaia con custodia policial, quedando a disposición del Juzgado de Ejecución, con intervención del Juzgado de Familia y Minoridad Nº 2, la Defensoría Pública y la Asesoría de Incapaces.

Te puede interesar
Lo más visto