
El Gobierno promulgó los cambios en la Zona Fría que restringen el acceso a los subsidios en el gas

El Gobierno nacional formalizó la promulgación de la Ley 27.828 a través del Decreto 1161/2026 publicado en el Boletín Oficial, introduciendo cambios profundos en el Régimen de Zona Fría y restringiendo los subsidios en las tarifas de gas por red y garrafas. La medida redefine el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas (artículo 75 de la Ley 25.565) e impacta directamente en el presupuesto de miles de hogares de la provincia de Córdoba y el centro del país.
Con la nueva normativa, el esquema mantiene compensaciones tarifarias completas a proveedoras únicamente para las ventas de gas natural, Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes, garrafas, cilindros y GLP a granel en la Patagonia, Malargüe y la Puna. En tanto, para el resto de las subzonas bioambientales que habían sido añadidas a la cobertura en 2021, la bonificación ya no será automática por residencia, sino que se aplicará exclusivamente sobre los "Consumos Base" de usuarios residenciales encuadrados en el nuevo Régimen de Subsidios Focalizados.
Para acceder a las bonificaciones en estas regiones, las familias deberán acreditar al menos una de las siguientes condiciones: ingresos netos del hogar iguales o inferiores a 3 Canastas Básicas Totales (CBT) para un "Hogar 2" según el INDEC; un integrante con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP); un titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra de Malvinas; o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a evaluación de la Secretaría de Energía. El fondo se financiará con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, percibido por productores a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031.
Ajuste tarifario, mercado eléctrico e impacto en la economía familiar
La reforma legislativa incluye además un mecanismo para reordenar las deudas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). La Subsecretaría de Energía Eléctrica determinará los saldos a favor de distribuidoras y transportistas generados por congelamientos tarifarios pasados, los cuales se aplicarán de forma exclusiva a cancelar obligaciones pendientes con CAMMESA, a condición de que las empresas desistan de reclamos judiciales. Asimismo, la norma prorroga hasta 2045 los incentivos a las energías renovables (Ley 27.191) y modifica la Ley 24.076 para garantizar el traslado automático a las tarifas finales del costo de adquisición del gas obtenido en procesos competitivos.
El recorte en la cobertura del Régimen de Zona Fría representa un duro golpe al bolsillo popular en regiones donde el gas constituye un servicio de primera necesidad para calefacción y cocina. En un contexto de pérdida de poder adquisitivo y escalada en el precio de los servicios públicos, la eliminación de la compensación universal sobrecargará los gastos corrientes de familias trabajadoras que no alcancen a calificar dentro de los estrictos topes fijados por la Autoridad de Aplicación.


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