Quiso pasar por la derecha, chocó y demandó: la Justicia de Córdoba falló en su contra

El motociclista acusaba a un automovilista de haberlo “encerrado”, pero pericias confirmaron que realizó una maniobra ilegal. El fallo también sentó criterios sobre cómo evaluar testigos.
CÓRDOBA28/03/2026

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La Justicia de Córdoba rechazó la demanda de un motociclista que había iniciado acciones por daños y perjuicios tras un choque ocurrido en 2018 en avenida Bodereau. El juez concluyó que la responsabilidad fue exclusivamente del conductor de la moto.

El fallo, dictado por el Juzgado Civil y Comercial de 51° Nominación a cargo de Gustavo Massano, determinó que el accidente se produjo cuando la moto intentó sobrepasar por la derecha a un Toyota Corolla dentro del mismo carril, lo que constituye una maniobra ilegal.

Según la reconstrucción del hecho, el motociclista sostuvo que el auto lo había encerrado para estacionar. Sin embargo, la pericia accidentológica demostró que el impacto se produjo en el lateral del vehículo, lo que confirmó que la moto circulaba en forma indebida.

El sobrepaso por la derecha, clave en el fallo

El juez fue contundente al señalar que la normativa vigente permite adelantar únicamente por la izquierda. Además, explicó que un carril está destinado a una sola fila de vehículos, por lo que no es válido que una moto y un auto circulen en paralelo dentro de la misma franja.

En ese sentido, remarcó que si un vehículo circula por el carril junto al cordón, “no existe posibilidad legalmente permitida” para que una motocicleta intente pasar entre el auto y la vereda. Consideró que este tipo de maniobras son “sumamente arriesgadas e ilícitas”.

La importancia de las pruebas y los testigos

Otro punto relevante del fallo fue el análisis de los testimonios. El magistrado consideró más confiable la declaración de la mujer que viajaba en el auto, pese a ser exesposa del conductor, por su coherencia con las pruebas materiales.

En cambio, el testigo presentado por el motociclista fue desacreditado por inconsistencias, como afirmar que la víctima llevaba casco cuando los registros médicos indicaban lo contrario, y por no haber sido identificado en el lugar por el sumario policial.

El juez destacó que la credibilidad de un testimonio no depende solo de su supuesta imparcialidad, sino de cómo se relaciona con las pruebas del caso. Así, el fallo no solo rechazó la demanda, sino que también fijó criterios sobre maniobras de tránsito y valoración de pruebas en accidentes viales.

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