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Vecinos del paraje Punta del Agua reclaman el cese de la actividad desarrollada por una cooperativa dedicada a la explotación de minerales como así también la clausura de una planta de molienda.
CÓRDOBA 08 de julio de 2022La Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba incorporó en el Registro Informático para la Registración Digital y Única de los Procesos Colectivos un amparo ambiental presentado por vecinos del paraje Punta del Agua en contra de la Cooperativa de Trabajo La Juanita Limitada, el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Malagueño.
El tribunal definió como objeto del amparo la clausura de una planta de molienda y el cese de la actividad de explotación de minerales, desarrollada por la cooperativa, como así también la reparación del equilibrio ecológico provocado y la fijación pecuniaria por el daño producido a la comunidad.
La resolución -firmada por la camarista María Inés Ortiz- agregó que “el colectivo o la clase” en este proceso está conformado por vecinos del paraje Punta del Agua, pedanía La Lagunilla, situado dentro del ejido municipal de la localidad de Malagueño, Departamento Santa María, de la Provincia de Córdoba.
Asimismo, aclaró que los vecinos denunciaron que la ubicación geográfica de sus viviendas les otorga un interés razonable y específico sobre las cuestiones ambientales del entorno del cual forman parte y que acreditaron que sus domicilios se encuentran en la localidad afectada con copias de sus documentos nacionales de identidad y mapa de ubicación de sus viviendas con relación a la explotación minera.
Por otra parte, se agregó dentro del objeto de la pretensión que la Dirección de Policía Ambiental, la Secretaría de Minería de Córdoba y la Municipalidad de Malagueño, no efectuaron medidas suficientes para garantizar la eficacia de la protección y defensa de los derechos que se reclaman en el amparo. Esto, pese a haber tomado conocimiento mediante denuncias y controles previstos de las acciones realizadas por la cooperativa, que no cuentan con autorización legal y ponen en riesgo la seguridad y salud de las personas y afectan el medio ambiente.
En el archivo adjunto, se publica la resolución completa.
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