
LO QUE TENÉS QUE COBRAR SI TRABAJÁS EN ALGUNOS DE LOS DÍAS DEL PRÓXIMO FERIADO XL
Pérez Darío Eduardo
En conmemoración al Día del Respeto a la Diversidad Cultural, el próximo fin de semana será extra largo. Comenzará el viernes 8 y terminará el lunes 11 de octubre., surgen la dudas en San Francisco y la región sobre como se cobran los días feriados trabajados. Un guía de P12 para entenderlo.
Para saber cómo se aplica la remuneración del empleado, es necesario conocer si la jornada libre se considera un feriado o un día no laborable. En este caso, ambos días son considerados feriados, por lo tanto se aplica la normativa de la Ley de Contrato de Trabajo.
Durante los feriados los empleados no tienen la obligación de trabajar. Si lo hacen, se les debe abonar jornada doble (un 100% más que un día normal). Y cuando un día feriado tradicional no se trabaja, se abona a los empleados como jornada simple, aunque no hayan concurrido a la oficina o realizado tareas.
Cabe precisar, sin embargo, que el viernes se encuentra dentro del calendario de los feriados con fines turísticos, mientras que el lunes aparece como uno de los trasladables por el martes 12.
¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
En el artículo 166, la Ley se refiere a los feriados nacionales y a los días no laborables. En ese ítem, explica que quedarán establecidos en el régimen legal que los regula. Es decir, la ley 27399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos”.- La LCT precisa que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 167 explica que los días laborales son optativos para el empleador.
- Es decir, que en caso de que el empleado preste sus servicios durante los próximos feriados, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.
Qué se conmemora el Día del respeto a la Diversidad Cultural
En Argentina, el 12 de octubre fue declarado feriado nacional en 1917, durante la primera presidencia de Hipólito Yrigoyen. La festividad adoptó entonces el nombre del “Día de la Raza”, cómo había sido planteado en 1913 por el español Faustino Rodríguez-San Pedro, presidente de la Unión Ibero-Americana.
La fecha conmemoraba la llegada de la expedición de tres carabelas lideradas por el marino genovés Cristóbal Colón, que un 12 de octubre de 1492 tocó el continente americano al llegar a la isla de Guanahaní, a la que renombró como San Salvador.
En 2010, se decidió cambiar el nombre de la festividad por Día del Respeto a la Diversidad Cultural, con el fin de acercar la celebración a los pueblos aborígenes, cuya existencia precedente en la región está reconocida reconocida por la Constitución Nacional.


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