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title: "Ley laboral: ya rigen las restricciones para los convenios colectivos y la actividad sindical"
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description: "El Gobierno reglamentó reforma laboral, que incluye modificaciones en los reclamos sindicales y en el alcance de los convenios colectivos."
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date_published: "2026-06-02T07:48:00-03:00"
date_modified: "2026-06-02T07:51:43-03:00"
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# Ley laboral: ya rigen las restricciones para los convenios colectivos y la actividad sindical

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Este lunes, el Gobierno **reglamentó**aspectos centrales de la**ley de reforma laboral**, mediante el Decreto 407/2026, incorporando **restricciones a la actividad sindical**y al alcance de los **convenios colectivos**.

La medida fue oficializada en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y establece que la Secretaría de Trabajo deberá convocar en un plazo de 30 días la **renegociación de los convenios colectivos de trabajo vencidos.**Además fija criterios para poder incorporar los acuerdos que no cuenten con una fecha expresa de finalización.

La reglamentación dispone además que los aportes, contribuciones y retenciones previstos en convenios colectivos **deberán computarse de manera global** y adecuarse a los topes establecidos por la ley.

En materia sindical, incorpora nuevos requisitos para la**obtención de la personería gremial**, exige verificaciones de afiliados mediante registros estatales y determina que una organización deberá superar en al menos un 5% de afiliados cotizantes a otra entidad para desplazarla en un mismo ámbito de representación.

Asimismo, introduce**restricciones para el uso de horas gremiales**, que deberán notificarse con al menos 48 horas de anticipación, no podrán acumularse y no deberán afectar sectores críticos de las empresas.

La norma también avanza en la digitalización de las relaciones laborales. La registración de trabajadores se realizará a través de los sistemas de la **Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)**, eliminando la obligación de llevar libros laborales físicos o digitales.

En ese marco, los**recibos de sueldo** deberán incorporar una nueva estructura con el detalle de contribuciones patronales, descuentos, salario bruto, salario neto y costo laboral total a cargo del empleador.

Respecto de las licencias médicas, los certificados que indiquen reposo laboral deberán emitirse en formato electrónico mediante plataformas sanitarias registradas y por profesionales habilitados.

Fuente: NA

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