¿Quienes y cómo pueden acceder al Programa “Acompañar”?

Para promover la autonomía de las mujeres y LGBTI+ que se encuentran en riesgo por violencias por motivos de género.

EL PAIS 28 de septiembre de 2020 Pérez Natalia Pérez Natalia
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El Programa Acompañar forma parte del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022  y se inscribe en el nuevo paradigma de abordaje integral de las violencias que contempla impulsar políticas públicas para crear condiciones materiales que garanticen que las personas y grupos más afectados por las violencias de género puedan desarrollar un proyecto de vida autónomo.

El programa está dirigido a mujeres y LGBTI+ en situación de violencias por motivos de género que se encuentren en riesgo, y que por sus condiciones socio económicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias por motivos de género que pongan en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social. 

Su objetivo principal es promover la autonomía de las mujeres y personas del colectivo LGBTI+ que se encuentran en riesgo en contextos de violencias por motivos de género, a través de apoyo económico por un término de 6 (seis) meses, destinado a contribuir, en el corto y mediano plazo, a la creación de condiciones básicas para la construcción de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias. El monto del programa es equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil, $16.875.

Requisitos: 

  • Las mujeres deberán ser mayor de 18 años, residir en el país con ciudadanía argentina nativa o por opción, o naturalizada. Puede ser extranjera con residencia legal no inferior a un año.
  • Las personas que quieran cobrar este subsidio deben acreditar su situación de violencia de género a través de un informe social.

Con qué otros programas es compatible?

  • La Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación por Embarazo (AUE)
  • Monotributo Social
  • Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

¿Quiénes no pueden recibirlo?

  • Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el
  • Estado Nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Prestación por desempleo.

Fuente: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

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